Monárquicos y republicanos
en México de 1824
En México los estados de la federación fueron creados por el Acta Constitutiva de
la Federación y por la Constitución de 1824, aunque la denominación en ambos
documentos no es exactamente la misma. No existían estados antes de la
creación de la Ley Fundamental de 1824, lo que había en la época colonial era la
vieja división del régimen de intendencias y provincias internas del Virreinato de la
Nueva España establecido por las reformas borbónicas del siglo XVIII, que de
alguna manera facilitó y sirvió de guía para la creación de los nuevos estados de
la nación mexicana. La Constitución de Cádiz de 1812 creo el sistema de
diputaciones provinciales en la Nueva España, integradas por 7 diputados electos
que también sirvieron para la delimitación de los nuevos estados de la incipiente
federación mexicana.
No está muy claro cuál fue el factor decisivo para que México adaptara en 1824 el
federalismo como forma de estado.
Pensamos que indudablemente que el modelo constitucional norteamericano
influyó en los Constituyentes del 24 en una especie de moda intelectual de la clase
política de esta época, aunque es difícil pensar que se conociera bien la
constitución americana en México. Por otro lado, la obra clásica del tema «El
Federalista» de Hamilton, Madison y Jay, publicada en Estados Unidos en tres
periódicos de Nueva York y compilados en dos volúmenes hacia 1788, fue
traducida al portugués hasta 1840 y al castellano en Buenos Aires hasta 1865.
La constitución mexicana del 24 es similar a la constitución americana de Filadelfia
del 17 de septiembre de 1787 en temas importantes como el régimen presidencial,
la existencia de un vicepresidente, la división de poderes, el poder legislativo
bicameral, el federalismo, el procedimiento de reformas a la constitución, entre
otros, aunque son dos textos constitucionales con estructuras muy diferentes: La
Constitución Americana consta de VII artículos divididos en secciones y en
realidad se trata de un texto muy breve que se ha ido ampliando con las
enmiendas posteriores, mientras que la Constitución mexicana de 1824 consta de
VII títulos con 171 artículos.
Esta es también la opinión de Jesús Reyes Heroles que señala:
“En ningún punto el Congreso fue tan obligado a obedecer como en la adopción
del sistema federal y esto en un momento en el que el centralismo no era la
definición de antiliberalismo. En ningún tema la voluntad se exteriorizaba tanto
como en el de que la República fuese federal. Las tendencias eran tales, que no
en México de 1824
En México los estados de la federación fueron creados por el Acta Constitutiva de
la Federación y por la Constitución de 1824, aunque la denominación en ambos
documentos no es exactamente la misma. No existían estados antes de la
creación de la Ley Fundamental de 1824, lo que había en la época colonial era la
vieja división del régimen de intendencias y provincias internas del Virreinato de la
Nueva España establecido por las reformas borbónicas del siglo XVIII, que de
alguna manera facilitó y sirvió de guía para la creación de los nuevos estados de
la nación mexicana. La Constitución de Cádiz de 1812 creo el sistema de
diputaciones provinciales en la Nueva España, integradas por 7 diputados electos
que también sirvieron para la delimitación de los nuevos estados de la incipiente
federación mexicana.
No está muy claro cuál fue el factor decisivo para que México adaptara en 1824 el
federalismo como forma de estado.
Pensamos que indudablemente que el modelo constitucional norteamericano
influyó en los Constituyentes del 24 en una especie de moda intelectual de la clase
política de esta época, aunque es difícil pensar que se conociera bien la
constitución americana en México. Por otro lado, la obra clásica del tema «El
Federalista» de Hamilton, Madison y Jay, publicada en Estados Unidos en tres
periódicos de Nueva York y compilados en dos volúmenes hacia 1788, fue
traducida al portugués hasta 1840 y al castellano en Buenos Aires hasta 1865.
La constitución mexicana del 24 es similar a la constitución americana de Filadelfia
del 17 de septiembre de 1787 en temas importantes como el régimen presidencial,
la existencia de un vicepresidente, la división de poderes, el poder legislativo
bicameral, el federalismo, el procedimiento de reformas a la constitución, entre
otros, aunque son dos textos constitucionales con estructuras muy diferentes: La
Constitución Americana consta de VII artículos divididos en secciones y en
realidad se trata de un texto muy breve que se ha ido ampliando con las
enmiendas posteriores, mientras que la Constitución mexicana de 1824 consta de
VII títulos con 171 artículos.
Esta es también la opinión de Jesús Reyes Heroles que señala:
“En ningún punto el Congreso fue tan obligado a obedecer como en la adopción
del sistema federal y esto en un momento en el que el centralismo no era la
definición de antiliberalismo. En ningún tema la voluntad se exteriorizaba tanto
como en el de que la República fuese federal. Las tendencias eran tales, que no