UNIDAD I
UNIDAD IV
TEMA 1 — Recursos económico–financieros y tributarios del Estado
Este tema explica de dónde salen los recursos que el Estado utiliza para funcionar:
pagar sueldos, construir obras, brindar educación, salud, seguridad, justicia,
infraestructura, programas sociales y sostener toda la actividad pública. Incluye los
recursos de la Nación, de las provincias y de los municipios, y se basa en normas
constitucionales, leyes y principios del federalismo fiscal argentino.
I. ¿Qué son los recursos del Estado?
Los recursos del Estado son todas las entradas de dinero, bienes, rentas o créditos que
obtiene el sector público para financiar su actividad. Según el material de estudio, los
recursos del Estado incluyen: bienes patrimoniales; empresas estatales; crédito
público; tributos y contribuciones; sanciones pecuniarias; y emisión monetaria.
Esto significa que el Estado se financia a través de:
• lo que posee (bienes públicos y bienes del dominio privado),
• lo que cobra (impuestos, tasas, contribuciones),
• lo que produce (empresas estatales, servicios públicos),
• lo que pide prestado (crédito público),
• lo que obtiene por sanciones económicas (multas),
• lo que emite (moneda, exclusivamente a nivel nacional).
Estas fuentes conforman el conjunto de ingresos que permiten sostener el gasto
público.
II. Formación del Tesoro Nacional (artículo 4 de la Constitución Nacional)
El Tesoro Nacional es el conjunto de ingresos con los que se financia el Gobierno
Federal. El artículo 4 de la Constitución Nacional establece:
“El Gobierno federal provee a los gastos de la Nación con los fondos del Tesoro
Nacional, formado del producto de derechos de importación y exportación (1); del de
la venta o locación de tierras (2) de propiedad nacional; de la renta de Correos (3), de
las demás contribuciones (4) que equitativa y proporcionalmente a la población
imponga el Congreso General, y de los empréstitos y operaciones de crédito (5) que
decrete el mismo Congreso para urgencias de la Nación, o para empresas de utilidad
nacional.”
De esta norma se desprenden cinco fuentes principales del Tesoro Nacional:
1. Derechos de importación y exportación: impuestos aduaneros que solo puede
establecer el Congreso (art. 75 inc. 1 CN).
, 2. Venta o locación de tierras nacionales: ingresos por bienes del dominio privado
del Estado Nacional.
3. Renta de Correos: históricamente importante, hoy con menor peso.
4. Contribuciones nacionales: impuestos creados por el Congreso (art. 75 inc. 2
CN), como IVA, Ganancias, Bienes Personales, impuestos internos,
combustibles, etc.
5. Empréstitos y operaciones de crédito: deuda pública interna o externa
autorizada por el Congreso para obras o urgencias nacionales.
Estas fuentes forman la base del federalismo fiscal y del financiamiento nacional.
III. Formación del Tesoro Provincial (artículo 67 de la Constitución de Misiones)
El artículo 67 de la Constitución Provincial de Misiones establece:
“El Gobierno de la Provincia provee a los gastos de su gestión con los fondos del
tesoro provincial formado: con el producido de la actividad económica del Estado (1);
de las contribuciones permanentes y transitorias (2) que la legislatura establezca; de
la venta y locación de las propiedades fiscales (3); de los productos, frutos y rentas de
otros bienes de su pertenencia (4); de la participación que le corresponde en
impuestos fijados por la Nación (5); de los servicios (6) que prestare y de los
empréstitos y demás operaciones de crédito (7) que realizare para atender
necesidades de urgencia o emprender obras de utilidad o beneficio colectivo.”
De este artículo se desprenden siete fuentes del Tesoro Provincial:
1. Actividad económica del Estado provincial: empresas provinciales, servicios
públicos, producción, explotación de bienes.
2. Contribuciones permanentes y transitorias: tributos creados por la Legislatura
(impuestos, tasas, contribuciones).
3. Venta y locación de propiedades fiscales: bienes del dominio privado
provincial.
4. Productos, frutos y rentas de otros bienes: concesiones, alquileres, producción,
explotación forestal o agrícola dependiente del Estado.
5. Participación en impuestos nacionales: coparticipación federal de impuestos
(Ley 23.548).
6. Servicios prestados por la provincia: aranceles, tasas, tarifas provinciales.
7. Empréstitos y operaciones de crédito: deuda provincial autorizada para obras o
emergencias.
La provincia posee poder tributario originario (art. 121 CN).
IV. Formación del Tesoro Municipal
El Tesoro Municipal no aparece como artículo específico en el material, pero surge de:
• artículo 123 de la Constitución Nacional: autonomía municipal,
• constituciones provinciales (como la de Misiones),
UNIDAD IV
TEMA 1 — Recursos económico–financieros y tributarios del Estado
Este tema explica de dónde salen los recursos que el Estado utiliza para funcionar:
pagar sueldos, construir obras, brindar educación, salud, seguridad, justicia,
infraestructura, programas sociales y sostener toda la actividad pública. Incluye los
recursos de la Nación, de las provincias y de los municipios, y se basa en normas
constitucionales, leyes y principios del federalismo fiscal argentino.
I. ¿Qué son los recursos del Estado?
Los recursos del Estado son todas las entradas de dinero, bienes, rentas o créditos que
obtiene el sector público para financiar su actividad. Según el material de estudio, los
recursos del Estado incluyen: bienes patrimoniales; empresas estatales; crédito
público; tributos y contribuciones; sanciones pecuniarias; y emisión monetaria.
Esto significa que el Estado se financia a través de:
• lo que posee (bienes públicos y bienes del dominio privado),
• lo que cobra (impuestos, tasas, contribuciones),
• lo que produce (empresas estatales, servicios públicos),
• lo que pide prestado (crédito público),
• lo que obtiene por sanciones económicas (multas),
• lo que emite (moneda, exclusivamente a nivel nacional).
Estas fuentes conforman el conjunto de ingresos que permiten sostener el gasto
público.
II. Formación del Tesoro Nacional (artículo 4 de la Constitución Nacional)
El Tesoro Nacional es el conjunto de ingresos con los que se financia el Gobierno
Federal. El artículo 4 de la Constitución Nacional establece:
“El Gobierno federal provee a los gastos de la Nación con los fondos del Tesoro
Nacional, formado del producto de derechos de importación y exportación (1); del de
la venta o locación de tierras (2) de propiedad nacional; de la renta de Correos (3), de
las demás contribuciones (4) que equitativa y proporcionalmente a la población
imponga el Congreso General, y de los empréstitos y operaciones de crédito (5) que
decrete el mismo Congreso para urgencias de la Nación, o para empresas de utilidad
nacional.”
De esta norma se desprenden cinco fuentes principales del Tesoro Nacional:
1. Derechos de importación y exportación: impuestos aduaneros que solo puede
establecer el Congreso (art. 75 inc. 1 CN).
, 2. Venta o locación de tierras nacionales: ingresos por bienes del dominio privado
del Estado Nacional.
3. Renta de Correos: históricamente importante, hoy con menor peso.
4. Contribuciones nacionales: impuestos creados por el Congreso (art. 75 inc. 2
CN), como IVA, Ganancias, Bienes Personales, impuestos internos,
combustibles, etc.
5. Empréstitos y operaciones de crédito: deuda pública interna o externa
autorizada por el Congreso para obras o urgencias nacionales.
Estas fuentes forman la base del federalismo fiscal y del financiamiento nacional.
III. Formación del Tesoro Provincial (artículo 67 de la Constitución de Misiones)
El artículo 67 de la Constitución Provincial de Misiones establece:
“El Gobierno de la Provincia provee a los gastos de su gestión con los fondos del
tesoro provincial formado: con el producido de la actividad económica del Estado (1);
de las contribuciones permanentes y transitorias (2) que la legislatura establezca; de
la venta y locación de las propiedades fiscales (3); de los productos, frutos y rentas de
otros bienes de su pertenencia (4); de la participación que le corresponde en
impuestos fijados por la Nación (5); de los servicios (6) que prestare y de los
empréstitos y demás operaciones de crédito (7) que realizare para atender
necesidades de urgencia o emprender obras de utilidad o beneficio colectivo.”
De este artículo se desprenden siete fuentes del Tesoro Provincial:
1. Actividad económica del Estado provincial: empresas provinciales, servicios
públicos, producción, explotación de bienes.
2. Contribuciones permanentes y transitorias: tributos creados por la Legislatura
(impuestos, tasas, contribuciones).
3. Venta y locación de propiedades fiscales: bienes del dominio privado
provincial.
4. Productos, frutos y rentas de otros bienes: concesiones, alquileres, producción,
explotación forestal o agrícola dependiente del Estado.
5. Participación en impuestos nacionales: coparticipación federal de impuestos
(Ley 23.548).
6. Servicios prestados por la provincia: aranceles, tasas, tarifas provinciales.
7. Empréstitos y operaciones de crédito: deuda provincial autorizada para obras o
emergencias.
La provincia posee poder tributario originario (art. 121 CN).
IV. Formación del Tesoro Municipal
El Tesoro Municipal no aparece como artículo específico en el material, pero surge de:
• artículo 123 de la Constitución Nacional: autonomía municipal,
• constituciones provinciales (como la de Misiones),