Reglamento Bromatológico Nacional y otras normas de interés alimentario.
Antecedentes
✓ El concepto de Derecho Alimentario nace en Europa, como un conjunto de normas jurídicas basadas
en la defensa del consumidor, inocuidad alimentaria y la transparencia comercial.
✓ Abarca toda la cadena productiva desde la producción hasta el consumidor final.
✓ En nuestro país siempre existió la necesidad de centralizar competencias institucionales y establecer
una Política Nacional de Alimentos.
✓ Etapa inorgánica (hasta 1990): donde el Estado se mostró como “tutor” u “orientador” del
consumidor, actitud mas pasiva en cuanto a la creacion de normas.
✓ Etapa orgánica (a partir de 1990): donde el Estado actúo como “impulsor” de la legislación vigente,
que culminará con la promulgación del Decreto 315/94, del 5 de julio de 1994 reglamento
bromatologico nacional.
Caracteres del RBN
Decreto 315/994 de 5/7/994
✓ Tiene un nivel o rango jerárquico de decreto. Pros y contras, los decretos los promulga el
poder ejecutivo y los leyes son promulgadas por el poder legislativo.
Gestándose un decreto del poder ejecutivo, es más fácil para modificar, el reglamento ha sido
modificado varias veces, si no fuera decreto hubiera sido más difícil.
✓ Norma de Referencia Nacional
✓ Es abierto y actualizable. De hecho, el apéndice normativo es más extenso que la
Redacción original del 5/7/1994. si leemos una definición vemos que este decreto tiene
definiciones técnicas precisas. Pero siempre hay que ver la última actualización.
✓ Adecuada estructuración en Capítulos (31 capitulos, carne, leche , pesca y mas). Versión
impresa y digitalizada (esta me permite actualizarla ). Es un decreto actualizable.
✓ Debidamente Articulado.
✓ Contiene definiciones y parámetros precisos. Es la norma de referencia en cuestion de
puntos alimentarios.
✓ Carece de infracciones y sanciones. Requiere disposiciones específicas adicionales. no
encontraremos capitulos de infracciones y ahi tenemos que tener otras normas reglamentarias
, que lo preveen.
✓ Carece de procedimientos alimentarios.
✓ Lleno de cuadros, fichas, comparativos y agregados que dificultan su lectura.
✓ Compleja búsqueda de actualización
Rotulación de Alimentos
Decreto 117/006 de 21/4/2006
✓ Actualiza el decreto 315/994 en materia de Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados y
Porciones de Alimentos Envasados y establece el Alcance, Definiciones, Componentes, Modelos,
Tolerancias, etc. previstas en este rotulado nutricional
✓ Incorpora el "Reglamento Técnico MERCOSUR aprobado por Resolución N° 26/03, Nº 44/03,
N° 46/03 y Nº 47/03 del MERCOSUR. Todas las normas Mercosur aplicables en sus países
miembros aplicados en materia de rotulado de alimentos fueron internalizados en nuestro
reglamento bromatologico nacional a traves del decreto de 117 del 2006.
Rotulación Frontal de Alimentos
Decreto 272/018 de 29/08/2018 y sus modificativos
Los alimentos envasados en ausencia del cliente, listos para ofrecerlos a los consumidores en
el territorio nacional, para los cuales la normativa exija rotulado nutricional, deberán constar de
un rotulado en su cara frontal, siempre que, en su proceso de elaboración, o en el de alguno de
sus ingredientes, se haya agregado sodio, azúcares o grasas y en cuya composición final el
contenido de sodio, azúcares, grasas o grasas saturadas exceda los valores establecidos en el
presente decreto. rotulado de alimentos, decreto 117 y el 272
Rotulación Frontal de Alimentos
Decreto 34/021 de 26/01/2021
Créase una Comisión Interministerial, que estará integrada por representantes de los siguientes
Ministerios:
Ministerio de Industria, Energía y Minería,
Antecedentes
✓ El concepto de Derecho Alimentario nace en Europa, como un conjunto de normas jurídicas basadas
en la defensa del consumidor, inocuidad alimentaria y la transparencia comercial.
✓ Abarca toda la cadena productiva desde la producción hasta el consumidor final.
✓ En nuestro país siempre existió la necesidad de centralizar competencias institucionales y establecer
una Política Nacional de Alimentos.
✓ Etapa inorgánica (hasta 1990): donde el Estado se mostró como “tutor” u “orientador” del
consumidor, actitud mas pasiva en cuanto a la creacion de normas.
✓ Etapa orgánica (a partir de 1990): donde el Estado actúo como “impulsor” de la legislación vigente,
que culminará con la promulgación del Decreto 315/94, del 5 de julio de 1994 reglamento
bromatologico nacional.
Caracteres del RBN
Decreto 315/994 de 5/7/994
✓ Tiene un nivel o rango jerárquico de decreto. Pros y contras, los decretos los promulga el
poder ejecutivo y los leyes son promulgadas por el poder legislativo.
Gestándose un decreto del poder ejecutivo, es más fácil para modificar, el reglamento ha sido
modificado varias veces, si no fuera decreto hubiera sido más difícil.
✓ Norma de Referencia Nacional
✓ Es abierto y actualizable. De hecho, el apéndice normativo es más extenso que la
Redacción original del 5/7/1994. si leemos una definición vemos que este decreto tiene
definiciones técnicas precisas. Pero siempre hay que ver la última actualización.
✓ Adecuada estructuración en Capítulos (31 capitulos, carne, leche , pesca y mas). Versión
impresa y digitalizada (esta me permite actualizarla ). Es un decreto actualizable.
✓ Debidamente Articulado.
✓ Contiene definiciones y parámetros precisos. Es la norma de referencia en cuestion de
puntos alimentarios.
✓ Carece de infracciones y sanciones. Requiere disposiciones específicas adicionales. no
encontraremos capitulos de infracciones y ahi tenemos que tener otras normas reglamentarias
, que lo preveen.
✓ Carece de procedimientos alimentarios.
✓ Lleno de cuadros, fichas, comparativos y agregados que dificultan su lectura.
✓ Compleja búsqueda de actualización
Rotulación de Alimentos
Decreto 117/006 de 21/4/2006
✓ Actualiza el decreto 315/994 en materia de Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados y
Porciones de Alimentos Envasados y establece el Alcance, Definiciones, Componentes, Modelos,
Tolerancias, etc. previstas en este rotulado nutricional
✓ Incorpora el "Reglamento Técnico MERCOSUR aprobado por Resolución N° 26/03, Nº 44/03,
N° 46/03 y Nº 47/03 del MERCOSUR. Todas las normas Mercosur aplicables en sus países
miembros aplicados en materia de rotulado de alimentos fueron internalizados en nuestro
reglamento bromatologico nacional a traves del decreto de 117 del 2006.
Rotulación Frontal de Alimentos
Decreto 272/018 de 29/08/2018 y sus modificativos
Los alimentos envasados en ausencia del cliente, listos para ofrecerlos a los consumidores en
el territorio nacional, para los cuales la normativa exija rotulado nutricional, deberán constar de
un rotulado en su cara frontal, siempre que, en su proceso de elaboración, o en el de alguno de
sus ingredientes, se haya agregado sodio, azúcares o grasas y en cuya composición final el
contenido de sodio, azúcares, grasas o grasas saturadas exceda los valores establecidos en el
presente decreto. rotulado de alimentos, decreto 117 y el 272
Rotulación Frontal de Alimentos
Decreto 34/021 de 26/01/2021
Créase una Comisión Interministerial, que estará integrada por representantes de los siguientes
Ministerios:
Ministerio de Industria, Energía y Minería,