PRIVACIÓN DE LIBERTAD.
EPÍGRAFE 1: LAS ALTERNATIVAS A LA PRISIÓN EN EL
SISTEMA PENAL ESPAÑOL.
EPÍGRAFE 2: LA SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN: LA
CONDENA CONDICIONAL.
EPÍGRAFE 3: LA LIBERTAD CONDICIONAL.
TEMA IMPORTANTE
, EPÍGRAFE 1: LAS ALTERNATIVAS A LA PRISIÓN EN EL SISTEMA PENAL
ESPAÑOL.
La política criminal orientada a evitar las penas cortas de prisión se
fundamenta en la concepción del Derecho penal como ultima ratio,
encontrando apoyo en el art. 1 CE, que proclama la libertad como valor
superior del ordenamiento jurídico.
El sistema actual se basa en la suspensión de la ejecución de la pena,
que puede ir acompañada de trabajos en beneficio de la comunidad o
multa.
❖ El Código Penal establece límites en la duración de las penas
susceptibles de suspensión o sustitución (uno o dos años de prisión),
correspondientes a la delincuencia menos grave. Estos límites actúan
como una barrera de prevención general, al considerar el legislador que
la renuncia a la privación de libertad por encima de dichos límites
afectaría negativamente a la eficacia intimidatoria del Derecho penal.
❖ La decisión judicial de aplicar una alternativa a la prisión supone la
individualización de la sanción desde un punto de vista preventivo-
especial, valorando si la pena resulta suficiente para evitar la comisión
de nuevos delitos. La renuncia a la privación de libertad se basa en la
idea de que la mejor forma de resocialización es evitar la desocialización,
atendiendo a las circunstancias del hecho y del autor, con ciertas
limitaciones como la reincidencia o habitualidad delictiva
Alternativa a la prisión:
La SUSTITUCIÓN de la pena de prisión
a) Penas de prisión inferiores a tres meses (art. 71.2 CP):
En estos casos, el Código Penal permite la sustitución de la pena de
prisión por otras penas menos graves, como la multa o los trabajos en
beneficio de la comunidad, evitando el ingreso en prisión por penas de
muy corta duración.
, b) El supuesto de los extranjeros: la expulsión del territorio nacional
(art. 89 CP):
Cuando el condenado es extranjero, la pena de prisión puede ser
sustituida por su expulsión del territorio nacional, siempre que se
cumplan los requisitos legales, con la finalidad de evitar el cumplimiento
efectivo de la pena privativa de libertad.
La SUSPENSIÓN de la ejecución de la pena
a) Antes de comenzar el cumplimiento de la pena: la condena
condicional:
Consiste en dejar en suspenso la ejecución de la pena de prisión antes
de su cumplimiento, condicionada a que el penado no vuelva a delinquir
y cumpla las condiciones impuestas por el juez.
b) Durante la ejecución de la pena (arts. 80 a 87 CP):
La suspensión puede acordarse una vez iniciada la ejecución de la pena,
atendiendo a las circunstancias personales del penado y a la finalidad
resocializadora de la sanción.
El CUMPLIMIENTO de la pena
a) Suspensión en caso de enfermos con trastorno mental duradero
sobrevenido (art. 60 CP):
Cuando, durante el cumplimiento de la pena, el penado sufre un
trastorno mental grave y duradero, puede suspenderse la ejecución de
la pena de prisión.
b) La libertad condicional (arts. 90 a 92 CP):
Supone una forma de cumplimiento de la pena privativa de libertad
fuera del centro penitenciario, bajo determinadas condiciones, una vez
cumplidos los requisitos legales.