RESPONSABILIDAD PENAL.
EPÍGRAFE 1: CAUSAS DE EXTINCIÓN.
EPÍGRAFE 2: EL INDULTO Y LA AMNISTÍA.
EPÍGRAFE 3: LA PRESCRIPCIÓN.
EPÍGRAFE 4: LA CANCELACIÓN DE ANTECEDENTES PENALES.
, EPÍGRAFE 1: CAUSAS DE EXTINCIÓN.
El artículo 130.1 del Código Penal recoge una serie de causas de
extinción de la responsabilidad criminal, entre las que se incluyen, entre
otras, la muerte del reo, el cumplimiento de la condena, la remisión
definitiva de la pena, el indulto, el perdón del ofendido y la prescripción
del delito y de la pena.
Estas causas se regulan en el Capítulo I del Título VII del Código Penal y
se caracterizan por producir la extinción de la responsabilidad criminal,
impidiendo la imposición o la ejecución de la pena.
Desde el punto de vista dogmático, las causas de extinción de la
responsabilidad criminal se diferencian claramente de las causas de
justificación y de exculpación, ya que estas últimas afectan a la
existencia del delito o a la culpabilidad del autor, mientras que las
primeras no inciden en la existencia del hecho delictivo, sino únicamente
en su perseguibilidad o en la ejecución de la pena dentro del proceso
penal.
Enumeración de las causas (130.1 CP)
La responsabilidad criminal se extingue por:
a) La muerte del reo.
b) El cumplimiento de la condena.
c) La remisión definitiva de la pena.
d) El indulto.
e) El perdón del ofendido, cuando la ley así lo prevea.
f) La prescripción del delito.
g) La prescripción de la pena.