IMPORTANTE.
Explique el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2000 en función de la edaddel
infractor. ¿Qué rangos de edad quedan sometidos a esta ley y cuáles
quedanexcluidos, indicando el régimen juridico aplicable en cada caso?
La Ley Orgánica 5/2000, reguladora de la responsabilidad penal de los
menores(LORPM), se aplica únicamente a los hechos tipificados como delito
cometidos porpersonas que tengan entre 14 y 17 años en el momento de los hechos
(art. 1 LORPM).
El ámbito de aplicación por tramos de edad es el siguiente:
1. Menores de 14 años:
- No se aplica la LORPM.
- Son inimputables penalmente, pues no pueden ser responsables conforme a esta
ley ni al Codigo Penal.
- Se aplica exclusivamente la Ley de Protección Juridica del Menor y las medidas de
proteccion administrativa (servicios sociales, tutela, proteccion autonómica).
2. Entre 14 y 17 años (inclusive):
- Si se aplica la LORPM.
- Son responsables penalmente conforme al sistema especifico de justicia juvenil,
basado en medidas educativas.
- El fiscal y el juez de menores pueden imponer medidas como internamiento,
libertad vigilada, tareas socioeducativas, etc.
3. De 18 a 20 años:
- No se aplica la LORPM, sino el Código Penal de adultos.
- Excepcionalmente puede aplicarse el art. 69 CP, permitiendo medidas atenuadas o
cumplimiento en centros especiales si se aprecia inmadurez psicosocial, pero no se
aplica la ley penal del menor.
, 4. 21 años o más:
- Responsabilidad plenamente conforme al Codigo Penal.
Por tanto, los menores de 14 años son inimputables. De 14 años a 17 son
responsables penalmente conforme a la LORPM. Los 18 a 20 años no se aplica la
LORPM, son imputables pero hay medidas atenuadas excepcionalmente (69 CP). De
21 años más son imputables plenamente.
Un joven de 13 añios y otro de 15 años participan en un robo con violencia. ¿A
cuál de ellos se le aplicaria la Ley Orgánica 5/2000? ¿Qué régimen juridico seria
aplicable al menor de 13 años y por qué?
1. Menor de 15 años
• Si se le aplica la Ley Orgánica 5/2000.
• Motivo: tiene 14 años o más y menos de 18, por lo que entra en el ámbito personal
del art. 1 LORPM.
* El juez de menores podrá imponerle las medidas previstas en la ley, como libertad
vigilada, tareas socioeducativas o incluso internamiento, dependiendo de la
gravedad del robo con violencia.
2. Menor de 13 años:
• No se le aplica la LORPM porque es menor de 14 años.
· Es inimputable penalmente según la propia ley (art. 1.2 LORPM).
· El hecho no genera responsabilidad penal, sirfo que se activan medidas de
protección de menores:
• Ley Orgánica 1/1996, de Protección Juridica del Menor.
* Servicios sociales y autoridades de protección pueden adoptar medidas de guarda,
tutela, intervencion familiar, seguimiento o apoyo educativo.
· La intervencion no tiene caráicter penal, sino protective-asistencial. (Muy
importante a efecto del cuestionario La intervención no tiene carácter penal, sino
protectivo-asistencial).
Conclusión:
* Solo el joven de 15 años puede ser sancionado penalmente conforme a la LORPM.
• El de 13 años queda fuera del sistema penal y pasa al ámbito de protección
administrativa, nunca al penal.