TEMA 1. DERECHO MERCANTIL
Proceso de formación y estado actual del derecho mercantil
Evolución histórica
a) Edad Media (s.XI, XV)
El derecho mercantil surge y comienza a separarse del derecho civil en la Edad Media
(s. XI, XV) por inadaptación del derecho común (romano, germánico y canónico) a los
fenómenos del comercio de las nuevas “ciudades” que se superponen a la economía
agraria rural y feudal.
Se crea por el impulso fundamentalmente italiano (Venecia, Pisa, Génova, Milán,
Siena…) que inician el desarrollo del tráfico comercial, a la que se unen ciudades
francesas (Marsella, Arlés, Montpelier), españolas (Barcelona) y las ciudades
alemanas de Bremen o Hamburgo (hanseáticas).
Es un derecho corporativo, de cada gremio; de usos y por tanto de producción
autónoma.
b) S. XVI a XVIII
Se empieza a generalizar: cada vez que haya un “acto de comercio” se aplicará este
derecho sea o no comerciante parte en la relación.
Se estataliza: el estado reclama la capacidad exclusiva de legislar, imponiéndose el
derecho mercantil como un verdadero derecho positivo y no de usos o costumbres,
creándose una serie de Ordenanzas mercantiles.
c) Siglo XIX - La codificación: El impulso de recopilación de normas como instrumento de
unidad nacional que da lugar a la codificación comienza con el Código Civil francés de
1807.
En España, debido a las discusiones forales, se codifica primero el derecho de los
comerciantes con los códigos de 1829 (Sainz de Andino) y el actual de 1885, anteriores
Proceso de formación y estado actual del derecho mercantil
Evolución histórica
a) Edad Media (s.XI, XV)
El derecho mercantil surge y comienza a separarse del derecho civil en la Edad Media
(s. XI, XV) por inadaptación del derecho común (romano, germánico y canónico) a los
fenómenos del comercio de las nuevas “ciudades” que se superponen a la economía
agraria rural y feudal.
Se crea por el impulso fundamentalmente italiano (Venecia, Pisa, Génova, Milán,
Siena…) que inician el desarrollo del tráfico comercial, a la que se unen ciudades
francesas (Marsella, Arlés, Montpelier), españolas (Barcelona) y las ciudades
alemanas de Bremen o Hamburgo (hanseáticas).
Es un derecho corporativo, de cada gremio; de usos y por tanto de producción
autónoma.
b) S. XVI a XVIII
Se empieza a generalizar: cada vez que haya un “acto de comercio” se aplicará este
derecho sea o no comerciante parte en la relación.
Se estataliza: el estado reclama la capacidad exclusiva de legislar, imponiéndose el
derecho mercantil como un verdadero derecho positivo y no de usos o costumbres,
creándose una serie de Ordenanzas mercantiles.
c) Siglo XIX - La codificación: El impulso de recopilación de normas como instrumento de
unidad nacional que da lugar a la codificación comienza con el Código Civil francés de
1807.
En España, debido a las discusiones forales, se codifica primero el derecho de los
comerciantes con los códigos de 1829 (Sainz de Andino) y el actual de 1885, anteriores