ALLANAMIENTO
lunes, 2 de marzo de 2026 8:19 a. m.
• Es un acto procesal mediante el cual el demandado ACEPTA voluntaria, total o parcialmente las pretensiones del demandante.
• Voluntariedad y conformidad con los solicitado en la demanda (razón).
• Siempre se da dentro de un proceso litigioso.
• Normalmente, los MASC pueden darse antes, durante y después del conflicto. Para el caso concreto del allanamiento, se hace
DURANTE el proceso, donde hay mínimamente una demanda admitida por un juzgado.
• Nos allanamos frente a procesos patrimoniales, de familia, pero en PENALES es más difícil.
• CARACTERÍSTICAS:
○ NATURALEZA JURÍDICA: ACTO DE DISPOSICIÓN DEL DERECHO EN LITIGIO:
○ Aunque es un MASC autocompositivo, es UNILATERAL. Debido a que, UNA de las partes acepta lo dicho por la otra.
○ Se da en una confrontación litigiosa. Es decir, ante un juez con demanda admitida.
○ Ya que se sitúa en el medio de un proceso, es de carácter VINCULANTE. Esto, debido a que, entre el inicio y antes el fallo final
del juez, es posible allanarse, con lo cual, en respuesta, el juez elabora una sentencia anticipada.
▪ Los requisitos de procedibilidad anteriores al allanamiento del proceso DEPENDEN de la rama del derecho (en familia
no los hay, en civil a veces, en familia si hay al igual que en administrativo).
○ VOLUNTARIEDAD: RECONOCIMIENTO DE LA CULPA:
▪ Es completamente voluntario. La persona reconoce que ha causado un daño.
○ CONFRONTACIÓN LITIGIOSA:
▪ El allanamiento va siempre durante un proceso judicial y no antes.
○ EFECTOS JURÍDICOS: INMEDIATA:
▪ En el momento en que se efectúa un allanamiento, el juez debe responder de manera inmediata para terminar el
conflicto.
○ ELEMENTOS JURÍDICOS:
▪ Terminación del litigio a través del allanamiento.
▪ Sentencia anticipada.
▪ Cosa juzgada, donde no es posible radicar otro proceso bajo los mismos hechos. De este modo, en caso de no cumplir
lo dicho en una sentencia, debe hacerse valer, pero no repetir el proceso.
▪ Costas procesales, que refieren el costo que tiene como tal el proceso. Con lo cual, el culpable o perdedor del proceso
paga las costas dirigidas a la contraparte (indemnización fijada por el juez únicamente). Estas son determinadas en la
sentencia o fallo.
○ PROHIBICIONES:
▪ Cuando el derecho no puede ser renunciado. Ej. En penal, si me allano, tendré rebajas de pena, pero nunca quedar en
libertad luego de un delito doloso.
▪ Cuando se transgreden derechos de menores de edad o de personas con discapacidad.
▪ Cuando se incluyen temas de orden público y legalidad.
▪ Cuando se da fraude o simulación.
○ ÁMBITOS MÁS COMUNES:
▪ Conflictos civiles y contractuales.
▪ Relaciones comerciales.
▪ Conflictos familiares.
▪ Relaciones laborales.
▪ ¿QUÉ SUCEDE EN EL ÁMBITO PENAL?:
□ La figura es existente pero no como MASC.
□ No hay acuerdo con las partes sino con el Juez: no hay negociación entre partes en igualdad.
□ El IUS PUNIENDI del estado no es negociable como un derecho privado.
□ FINALIDAD: aceptar la responsabilidad, no resolver el conflicto.
SOLUCIÓN ALTERNATIVA DE CONFLICTOS página 1
lunes, 2 de marzo de 2026 8:19 a. m.
• Es un acto procesal mediante el cual el demandado ACEPTA voluntaria, total o parcialmente las pretensiones del demandante.
• Voluntariedad y conformidad con los solicitado en la demanda (razón).
• Siempre se da dentro de un proceso litigioso.
• Normalmente, los MASC pueden darse antes, durante y después del conflicto. Para el caso concreto del allanamiento, se hace
DURANTE el proceso, donde hay mínimamente una demanda admitida por un juzgado.
• Nos allanamos frente a procesos patrimoniales, de familia, pero en PENALES es más difícil.
• CARACTERÍSTICAS:
○ NATURALEZA JURÍDICA: ACTO DE DISPOSICIÓN DEL DERECHO EN LITIGIO:
○ Aunque es un MASC autocompositivo, es UNILATERAL. Debido a que, UNA de las partes acepta lo dicho por la otra.
○ Se da en una confrontación litigiosa. Es decir, ante un juez con demanda admitida.
○ Ya que se sitúa en el medio de un proceso, es de carácter VINCULANTE. Esto, debido a que, entre el inicio y antes el fallo final
del juez, es posible allanarse, con lo cual, en respuesta, el juez elabora una sentencia anticipada.
▪ Los requisitos de procedibilidad anteriores al allanamiento del proceso DEPENDEN de la rama del derecho (en familia
no los hay, en civil a veces, en familia si hay al igual que en administrativo).
○ VOLUNTARIEDAD: RECONOCIMIENTO DE LA CULPA:
▪ Es completamente voluntario. La persona reconoce que ha causado un daño.
○ CONFRONTACIÓN LITIGIOSA:
▪ El allanamiento va siempre durante un proceso judicial y no antes.
○ EFECTOS JURÍDICOS: INMEDIATA:
▪ En el momento en que se efectúa un allanamiento, el juez debe responder de manera inmediata para terminar el
conflicto.
○ ELEMENTOS JURÍDICOS:
▪ Terminación del litigio a través del allanamiento.
▪ Sentencia anticipada.
▪ Cosa juzgada, donde no es posible radicar otro proceso bajo los mismos hechos. De este modo, en caso de no cumplir
lo dicho en una sentencia, debe hacerse valer, pero no repetir el proceso.
▪ Costas procesales, que refieren el costo que tiene como tal el proceso. Con lo cual, el culpable o perdedor del proceso
paga las costas dirigidas a la contraparte (indemnización fijada por el juez únicamente). Estas son determinadas en la
sentencia o fallo.
○ PROHIBICIONES:
▪ Cuando el derecho no puede ser renunciado. Ej. En penal, si me allano, tendré rebajas de pena, pero nunca quedar en
libertad luego de un delito doloso.
▪ Cuando se transgreden derechos de menores de edad o de personas con discapacidad.
▪ Cuando se incluyen temas de orden público y legalidad.
▪ Cuando se da fraude o simulación.
○ ÁMBITOS MÁS COMUNES:
▪ Conflictos civiles y contractuales.
▪ Relaciones comerciales.
▪ Conflictos familiares.
▪ Relaciones laborales.
▪ ¿QUÉ SUCEDE EN EL ÁMBITO PENAL?:
□ La figura es existente pero no como MASC.
□ No hay acuerdo con las partes sino con el Juez: no hay negociación entre partes en igualdad.
□ El IUS PUNIENDI del estado no es negociable como un derecho privado.
□ FINALIDAD: aceptar la responsabilidad, no resolver el conflicto.
SOLUCIÓN ALTERNATIVA DE CONFLICTOS página 1