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Guía de estudio para la parte incial del curso de Derecho Penal, de forma general (puede contener errores ortagraficos)

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Que es el derecho penal, características y conceptos fundamentales

¿Qué es el derecho penal? Se entiende en un sentido objetivo y subjetivo

Objetivo: se refiere al conjunto de normas

Subjetivo: poder que se otorga a una persona en su interés

En el sentido de derecho penal se entiende de la siguiente forma:

Objetivo es el conjunto de normas que prohíben o desvaloran ciertas conductas al calificarlas como
hechos punibles y que determinan los presupuesto para la aplicación de penas o medidas de
seguridad. Conjunto de normas, reglas y principios que se refieren a un sector especifico del Ord
jurídico, esta se refiere a algo en específico: la penas, el hecho punible, las medidas de seguridad y
las condiciones para imponer estas

Estas califican una conducta como prohibida y la valoran negativamente, por lo que también hace
juicios de valor. Prohíben (no mates) y desvaloran (matar es malo) y así mismo establece cuales son
los presupuestos para aplicar ciertas consecuencias jurídicas (penas y medidas de seguridad)

Derecho Penal: Rama del derecho que se refiere a los hechos punibles, las penas y las medidas de
seguridad

En sentido subjetivo, es equivalente al derecho subjetivo que conocemos. Se entiende como
potestad o ius puniendi, es la potestad que tiene el estado de tipificar ciertas conductas como
delitos, la posibilidad de establecer mediante la ley penas y medidas de seguridad, también supone
la potestad de imponer y ejecutar estas últimas. Potestad solo del estado, de prohibir y castigar. Se
critica el uso de este término porque se dice que el ius puniendi no es un derecho subjetivo como
tal por la diferencia entre estos y las potestades; su diferencia radica en que el derecho subjetivo es
un poder que se reconoce en interés de la persona que ejerce ese poder y por su parte la potestad
es un poder que se reconoce en interés de un sujeto distintos de quien ejerce el poder (patria
potestad), tiene límites y es en la protección de derechos ajenos; por esto es mejor utilizar el
término potestad punitiva del estado

Características

- (Hassemer) El derecho penal es un medio de control social; son elementos cuya función es
la función es la aplicación de sanciones a aquellos que llevan a cabo conductas desviadas o
aquellos que se comporta de forma contraria a las normas sociales (codos, matar), son
instituciones sociales cuya función es esta (familia, colegios, universidad). El DP es una
institución más de estas, esto implica que tiene similitud con otros medios, pero a su vez
bastantes particularidades, se asemejan es en que hay una norma y una sanción, y un
determinado procedimiento

La diferencia fundamental es su alto grado de formalización, los procedimientos y requisitos para
imponer sanciones en el ámbito penal están bastantes formalizados, es decir el derecho penas está
sometido a muchos límites a los cuales no están sometidos los otros medios de control social
(principio de legalidad: tanto la conducta como la pena deben estas tipificados/ principio en el que
se requiere culpabilidad para imponer la pena, sino hay culpa no se puede imponer la pena/ debido

,proceso). El derecho no está metido en todo, en la medida de los posible si hay otros medios que
puedan servir para los mismos y esos medios son menos gravosos se debe preferir esos medios

Por otro lado, su grado de formalización y limites se entiende que el derecho penal debe existir para
imponer las sanciones más graves, ya que este a su vez establece límites para que la aplicación de
estas sea descontrolada. Por eso es que el derecho penal se meta en todo, sino que se encargue de
los actos más graves (linchamiento, se deja a medios de control social informales), así que para
garantizar que las sanciones más graves a las conductas más graves se mantengan dentro de cierto
grado de proporcionalidad es por eso que se tiene el derecho penal

Una de las razones que es necesario el derecho penal es que a pesar de que es un medio de control
social como los otro al estar sometido a más límites y garantías y ayuda a que las sanciones a las
conductas más graves sean aplicadas de forma racional

- El derecho penal dentro del Ord jurídico se ubica dentro del derecho público, es decir que
se encarga de regular la actuación del estado (dictar nombras) y la relación de este con los
particulares (imposición de una pena)

Esto quiere decir que está sometido a todos los principios del derecho publico

- Distinción entre derecho penal y otras manifestaciones de la potestad punitiva, la cual no
está reservada únicamente al derecho penal. Esta también el derecho administrativo
sancionatorios que forma parte del derecho administrativo y este primero es la rama del
derecho que se refiere a las infracciones y sanciones administrativas

Estas dos están relacionadas con manifestaciones de la potestad punitiva del estado más son
distintas ramas del derecho, con principios y normas diferentes. Ejemplo:

Penal: A mata a B, le imponen una pena. Hecho punible, en virtud de esto se impone una pena

Administrativo: Fiscalización a una empresa, esta no está facturando todas sus ventas y el Seniat le
impone una multa a esa empresa. La sanción administrativa es la consecuencia propia de esta rama
del derecho

OJO: Sanción tiene diferentes significados, toda consecuencia jurídica a la infracción de un deber,
consecuencia no deseada por el incumplimiento de una norma. En el ámbito del derecho público se
refiere a la privación de un derecho que se impone a una persona con el fin inmediato de causarle
un mal, es un mal que se impone a una persona en cuanto a un mal, en otra palabras es una privación
de un derecho que no tiene la finalidad de reparar no de evitar que la persona siga haciendo algo,
la finalidad principal de esta sanción es causar un mal (multa), privación de un derecho, privación
de libertad que tiene la finalidad de causar un mal, privar del derecho. Esto sirve para otros fines
ulteriores, si haces tal cosa va a pasar esto, el derecho civil no impone sanciones en este sentido
(cuando tienes que reparar no se te busca un mal, sino que su fin es reparar). El deber ser es que las
sanciones ocurran cuando la persona comete un delito sin embargo si el estado impone una
consecuencia con el fin de imponer un mal así no está tipificado se puede considerar como sanción,
pero obviamente esto sería constitucional

Conduzca con la imposición de una sanción (Relación entre ambas ramas), sea una pena o una
sanción administrativa

,¿Cuáles son los criterios de diferenciación?

1. Hechos punibles más graves, y las infracciones administrativas son las menos graves
2. Delitos atentan contra derechos subjetivos, y las infracciones administrativas a intereses
generales
3. También se intenta hacer una diferencia respecto a las sanciones, diciendo que las penas
eran más graves y las sanciones menos graves, pero puede ocurrir que estas últimas sean
más graves que las primeras o son iguales materialmente

Todos son imprecisos y ninguno es acorde con la ley vigente, y siempre se puede encontrar ejemplos
que los contraríen. Es complicado diferenciar estos aspectos por su naturaleza

4. Se ha llevado a decir que su diferencia entre pena y sanciona administrativa es meramente
formal. Su diferencia parte principalmente del órgano que la hace o de la función ejercida
por el órgano que impone la sanción.
- Las penas son impuestas por un tribunal ejerciendo la función jurisdiccional
- La sanción la impone un órgano que ejerce funciones administrativas, será una sanción
administrativa. Lo que no sea jurisdicción o legislación es administración

No toda sanción impuesta por un tribunal es una pena porque además de ejercer funciones
jurisdiccionales (potestad de administrar justicia) también tiene ciertas funciones
administrativas o que no son jurisdiccionales, orden dentro del proceso y esto no es
específicamente administrar justicia, pero en este aspecto tiene la potestad de imponer ciertas
sanciones disciplinarias o correctivas (abogados interrumpidos). La jurisprudencia ha
considerado que estas no son penas porque no está actuando como tribunal sino similar a la
policía, para mantener el orden y no administrando justicia. Serian sanciones administrativas y
por tanto está sometido a los principios del derecho administrativo y no el penal

Para que algo sea una pena:

1. Tiene que ser dictada por un tribunal
2. Tiene que ser administrando justicia, usando la función jurisdiccional
3. Por consiguiente, la conducta por la que fue impuesta esta sanción es un hecho punible

*Responsabilidad disciplinaria: responsabilidad en la que incurren los funcionarios públicos por
incumplir las labores propias de su función (derecho administrativo sancionatorio que tiene ciertas
particularidades/ lectura= non bis ni idem)

*Tribunales administrativos, no imponen la sanción, sino que controla al órgano que impuso la
sanción, controlar a los órganos de la administración pública. La sanción administrativa no la impone
un tribunal sino un órgano del poder público. Pueden imponer sanciones administrativas, pero como
lo hacen todo el tribunal, manteniendo el orden dentro del proceso

Los componentes del derecho penal, o los conceptos básicos del derecho penal

- Pena: es una medida impuesta por un tribunal en ejercicio de funciones jurisdiccionales que
consiste en y solo puede ser identificada como la imposición de un mal mediante la
privación de un derecho (Interdicción para causar un mal y una situación desagradable /
presidio). La pena no es necesariamente que alguien tenga que ir preso tiene que ser la

, privación de un derecho para ser pena. La medida cautelar no es una pena. Causar un mal
no es único fin, es el más directo, pero tiene otros fines (¿Por qué se busca causar un mal a
alguien? Prevención). Privación de un derecho, mal en cuanto a mal, por un tribunal
ejerciendo funciones jurisdiccionales

- Responsabilidad penal: es la situación jurídica en la que se encuentra una persona a la que
se le debe imponer una pena. Juan mato a petra, incurre en responsabilidad penal porque
se le debe imponer una pena por matar a petra

- Eximente de responsabilidad penal para hacer referencia a circunstancias que evitan que
surja el deber de imponer una pena a una persona, si esto ocurre evite que se esté en
responsabilidad penal (legítima defensa). Desde el inicio evita la responsabilidad penal

- Causas de extensión de responsabilidad penal son circunstancias que hacen cesar el deber
de sancionar a una persona cuando este ya nació, inicialmente había que castigar a una
persona, pero ya no. Surge, pero luego se extingue (amnistía/ muerte del reo/ prescripción)

- Hecho punible: Conducta a la cual la ley le atribuye el surgimiento de la responsabilidad
penal como consecuencia jurídica, conducta que la ley conecta con la imposición de una
pena o el nacimiento de la imposición de una pena. Es algo que la ley conecta con una
consecuencia jurídica. Conductas, siempre hay un verbo rector, establecido en una ley (49.6
C).

1. Delitos son conductas más graves, este se utiliza de una forma más amplia, como
equivalente de hecho punible, cuando se utiliza de esta forma es como acepción que
abarca a los delitos en sentido restringido y faltas
2. Faltas, son los hechos punible menos graves en principio. Las faltas las denomina la ley
de esta forma

*Si la ley no dice nada no hay ni delito ni falta, el criterio de distinción es lo que diga la ley, ella va a
decir tal cosa es una falta

*No hay delitos por su naturaleza, que es un delito es lo que establece la ley

- Medidas de seguridad: consecuencia jurídica propia del derecho penal, es una restricción
de derecho que se califica como peligroso y tiene como fin evitar que incurra en otros ilícitos
penales o conductas peligrosas para otras personas o para la sociedad. Esto debe ser
impuesto por una sentencia definitiva, la que le pone final al proceso (interlocutorias son a
mitad del proceso). Se imponen a las personas inimputables y drogadictos (no tienen
compresión de sus actos) que comenten ilícitos penales (esquizofrenia). No para castigar
como tal sino para evitar. La interdicción la persona es incapaz, y en este caso tiene que ser
peligroso. Se requiere la demostración de una conducta que en el caso de una persona sana
sería un delito. Privación de un derecho

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