Geschreven door studenten die geslaagd zijn Direct beschikbaar na je betaling Online lezen of als PDF Verkeerd document? Gratis ruilen 4,6 TrustPilot
logo-home
Samenvatting

Sumario Derecho penal 1

Beoordeling
-
Verkocht
-
Pagina's
20
Geüpload op
11-11-2021
Geschreven in
2021/2022

resumen de todo el libro

Instelling
Vak

Voorbeeld van de inhoud

BOLILLA 28
LA EJECUCIÓN PENAL
Rol de los jueces de ejecución penal
Lo relativo a Juzgado de Ejecución y su competencia está regulado en los artículos 3 y 4, donde se
dispone que debe ser permanente y adecuado, pero además, jurisprudencialmente se ha dicho que el
control judicial debe ser lo más amplio posible y suficiente (fallos “Romero Cacharane” y “Verbitsky” de
la CSJN, entre otros).
Los jueces ejercen el rol de vigilancia, control y ejecución de la pena garantizando todos los derechos
del condenado que se encuentren en los TIDH y en la LEP (Ley de Ejecución Penal).
El Juez de Ejecución Penal es “un órgano personal judicial especializado, con funciones de vigilancia,
decisorias, y consultivas, encargado de la ejecución de las penas y medidas de seguridad de acuerdo al
principio de legalidad y del control de la actividad penitenciaria, garantizando los derechos de los
internos y corrigiendo los abusos y desviaciones que puedan producirse por parte de la Administración
Penitenciaria”
Sus funciones son:
 Decisorias en primera instancia: conceder las salidas transitorias, la semilibertad, la libertad
condicional, las alternativas especiales de prisión, resolver peticiones y quejas que afecten a los
derechos fundamentales de los internos en relación al régimen y al tratamiento.
 Resolutorias en segunda instancia: resolver recursos de apelación sobre la aplicación de sanciones
disciplinarias a internos y sobre las clasificaciones penitenciarias trimestrales de conducta y
concepto.
 Tener conocimiento: inmediatamente de la utilización de medidas de sujeción y de traslados de
penados dentro del ámbito físico de la Administración Penitenciaria, de las restricciones a las
comunicaciones de los internos, etc.
 Consultivas: formular propuestas al Ministerio competente sobre materias que no figuran entre sus
competencias en pos de un mejor desenvolvimiento del régimen y tratamiento penitenciarios.
En el ámbito de La Pampa, mediante Ley 2637 se crearon los Juzgados de Ejecución de Santa Rosa (con
jurisdicción en la primera, tercera y cuarta circunscripciones judiciales) y en General Pico (con
jurisdicción en la segunda circunscripción judicial).
El Código Procesal Penal de La Pampa (Ley 2287) puesto en vigencia el día 01/03/2011 regula el
proceso de ejecución penal en el Libro Quinto denominado “Ejecución” Arts. 440 y ss. “Ejecución
Penal”, Arts. 444 a 463. Comienza su trabajo cuando la sentencia ha quedado firme y además se ha
realizado y aprobado el cómputo de la pena impuesta –Art. 444 in fine-
De las penas privativas de libertad

Derecho Penal I – Sappa Valeria. Página 1

,El Derecho de Ejecución penal
En nuestro país se diseña un sistema penitenciario que tiene como eje el reconocimiento de la persona
condenada y sus derechos fundamentales, quienes podrán (o deberían poder) ejercer todos los
derechos no comprendidos en la pena. Con la ejecución de la pena, se persigue como objetivo
fundamental la resocialización delaspersonas mediante la aplicación de un régimen progresivo que
contribuya a la introyección del respeto a la ley y su integración comunitaria (art. 1 Ley 24660 ref. por
Ley 27375).
Tales tópicos se encuentran establecidos en el Capítulo 1 de la Ley 24660, referido a los principios
básicos de la ejecución:
Artículo 1: “La ejecución de la pena privativa de libertad, en todas sus modalidades, tiene por finalidad
lograr que el condenado adquiera la capacidad de comprender y respetar la ley procurando su
adecuada reinserción social, promoviendo la comprensión y el apoyo de la sociedad. El régimen
penitenciario deberá utilizar, de acuerdo con las circunstancias de cada caso, todos los medios de
tratamiento interdisciplinario que resulten apropiados para la finalidad enunciada.”; y
Artículo 2: “El condenado podrá ejercer todos los derechos no afectados por la condena o por la ley y
las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten y cumplirá con todos los deberes que su
situación le permita y con todas las obligaciones que su condición legalmente le impone.”
Principios rectores
 PRINCIPIO DE LEGALIDAD EJECUTIVA
Dentro de las notas características de un Estado Democrático de Derecho se encuentra en primer
lugar el Principio de Legalidad.Este principio tiene un doble fundamento, uno político, propio del
Estado liberal de Derecho caracterizado por el imperio de la ley, y otro jurídico, resumido en el
clásico aforismo de Feuerbach: “nullum crimen, nullapoena sine lege”, del cual se derivan una serie
de garantías en el campo penal: la criminal, que establece la legalidad de los delitos; la penal, que
establece la legalidad de las penas y medidas de seguridad; la jurisdiccional, que exige el respeto
del debido proceso; y la ejecutiva, que asegura la ejecución de las penas y medidas de seguridad
con arreglo a las normas legales.
Así, el Principio de Legalidad recepcionado en nuestra Carta Magna (Art. 18 C.N.) y en los TIDH
resulta extensivo a la ejecución penal o penitenciaria, lo que significa que toda pena o medida de
seguridad debe ejecutarse en la forma prescripta por la ley, la cual debe ser anterior al hecho que
motiva la condena impuesta. Ello significa que es la Ley la que debe regular de antemano las
características cualitativas de la pena y de qué manera se va a desarrollar su ejecución.
Se derivan del Principio de Legalidad Ejecutiva a modo de sub-principios o consecuencias lógicas del
mismo, los siguientes:
 Sub-Principio de Reserva: derivado del Art. 19 C.N. y receptado en el Art. 2 L.E.P. mediante la
cual se pone de manifiesto que el penado puede gozar de todos aquellos derechos que no se
encuentren afectados por el ordenamiento jurídico o por la sentencia condenatoria,
reafirmando así su condición de sujeto de derecho a pesar de la creencia popular en contrario.

Derecho Penal I – Sappa Valeria. Página 2

,  Sub-Principio de Humanidad: derivado del Art. 18 C.N. en concordancia con los TIDH y
receptado por los Arts. 3, 2° parte y 9 L.E.P. mediante los cuales se pone de resalto la obligación
erga omnes de respetar la dignidad humana del penadoy promover una política penitenciaria
humanista que tenga como centro de atención a la persona, a quien se le debe garantizar que
la ejecución de la pena impuesta estará exenta de tratos crueles, inhumanos o degradantes,
estableciéndose la responsabilidad penal del funcionario público o particular que tuviera
participación en supuestos de tales características.
 Sub-Principio de Igualdad ante la Ley: derivado del Art. 16 C.N. y receptado por el Art. 8 L.E.P.
mediante el cual se prohíbe cualquier tipo de discriminación durante la ejecución de la pena
por cuestiones de raza, sexo, idioma, religión, ideología, condición social o cualquier otra
circunstancia excepto de aquellas que resultaren a consecuencia del tratamiento penitenciario
individualizado observado por el interno de acuerdo a sus condiciones personales.
 Sub- Principio de Progresividad del Régimen Penitenciario: receptado en el Art. 6 L.E.P.
mediante el cual se establece que en pro de la reinserción social, el Estado deberá utilizar
dentro del régimen penitenciario todos los medios necesarios y adecuados a dicha finalidad
(entre ellos, el ofrecimiento al penado de un tratamiento interdisciplinario), y que dicho
régimen se basará en la progresividad, esto es, que la duración de la condena impuesta
resultará dividida en fases o grados con modalidades de ejecución de distinta intensidad en
cuanto a sus efectos restrictivos, etapas a las que elcondenado irá accediendo gradualmente de
acuerdo a su evolución en el régimen (y en su caso, en el tratamiento voluntariamente
asumido) y procurando la incorporación del interno a establecimientos penales abiertos
basados en el principio de autodisciplina y, en su momento, su egreso anticipado al medio libre
a través de los institutos penitenciarios previstos (salidas transitorias, semilibertad, libertad
condicional, libertad asistida, etc.)
 PRINCIPIO DE RESOCIALIZACIÓN
El Art. 1 L.E.P. en consonancia con los TIDH establece que la finalidad de la ejecución penal será
“lograr que el condenado adquiera la capacidad de comprender y respetar la ley procurando su
adecuada reinserción social”, estableciéndose así cuáles son los objetivos que debe perseguir el
Estado durante la ejecución de la pena privativa de la libertad y a los que deben estar orientados la
actividad de los operadores penitenciarios y judiciales.
La palabra “reinserción” representa un proceso de introducción del individuo en la sociedad, es
favorecer directamente el contacto activo recluso-comunidad, lo que significa que los operadores
penitenciarios deben iniciar con la condena un proceso de rehabilitación de los contactos sociales
del reclusoy procurar atenuar los efectos negativos de la pena, permitiendo que la interacción del
interno en el establecimiento penal se asemeje lo más posible a la vida en libertad y, en la medida
de la ubicación del penado dentro del régimen y tratamiento penitenciario, promover y estimular
las actividades compatibles con dicha finalidad.
Cabe mencionar que el “ideal resocializador” se vincula con la finalidad de la ejecución de las penas
privativas de la libertad, ya que con la ejecución de las medidas deseguridad se persiguen otros
objetivos vinculados con la rehabilitación, mientras que en las penas de multa e inhabilitación
prevalecen aspectos retributivos.

Derecho Penal I – Sappa Valeria. Página 3

Gekoppeld boek

Geschreven voor

Instelling
Vak

Documentinformatie

Heel boek samengevat?
Ja
Geüpload op
11 november 2021
Aantal pagina's
20
Geschreven in
2021/2022
Type
SAMENVATTING

Onderwerpen

$5.99
Krijg toegang tot het volledige document:

Verkeerd document? Gratis ruilen Binnen 14 dagen na aankoop en voor het downloaden kun je een ander document kiezen. Je kunt het bedrag gewoon opnieuw besteden.
Geschreven door studenten die geslaagd zijn
Direct beschikbaar na je betaling
Online lezen of als PDF

Maak kennis met de verkoper
Seller avatar
guadagarcia

Maak kennis met de verkoper

Seller avatar
guadagarcia universidad nacional de la pampa
Volgen Je moet ingelogd zijn om studenten of vakken te kunnen volgen
Verkocht
1
Lid sinds
4 jaar
Aantal volgers
1
Documenten
10
Laatst verkocht
4 jaar geleden

0.0

0 beoordelingen

5
0
4
0
3
0
2
0
1
0

Recent door jou bekeken

Waarom studenten kiezen voor Stuvia

Gemaakt door medestudenten, geverifieerd door reviews

Kwaliteit die je kunt vertrouwen: geschreven door studenten die slaagden en beoordeeld door anderen die dit document gebruikten.

Niet tevreden? Kies een ander document

Geen zorgen! Je kunt voor hetzelfde geld direct een ander document kiezen dat beter past bij wat je zoekt.

Betaal zoals je wilt, start meteen met leren

Geen abonnement, geen verplichtingen. Betaal zoals je gewend bent via iDeal of creditcard en download je PDF-document meteen.

Student with book image

“Gekocht, gedownload en geslaagd. Zo makkelijk kan het dus zijn.”

Alisha Student

Bezig met je bronvermelding?

Maak nauwkeurige citaten in APA, MLA en Harvard met onze gratis bronnengenerator.

Bezig met je bronvermelding?

Veelgestelde vragen