UNIVERSIDAD
CATOLICA DE CHILE
UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE
MODELO DEL ESTADO
DERECHO PENAL
, MODELO DEL ESTADO
TEMA 4.
MODELOS DE ESTADO Y SISTEMA DE GOBIERNO
1. CARACTERIZACION DEL ESTADO BOLIVIANO.
El modelo de Estado está compuesto y cimentado en la distribución del poder político con base
territorial, en el que se reconoce la existencia de distintos niveles gubernativos en el territorio: un
gobierno nacional y varios gobiernos autónomos, con facultades ejecutiva, legislativa, reglamentaria y
fiscalizadora (Art. 272 de la CPE), cuya dinámica en el ejercicio de dichas facultades debe reflejar la
característica esencial del nuevo Estado orientado hacia una democratización profunda del poder
político que desmantele la centralización, de ahí la distribución de competencias otorgando a las
entidades territoriales autónomas competencias exclusivas, concurrentes y compartidas a ser
desarrolladas dentro de su jurisdicción territorial, por tanto la orientación del nuevo Estado Plurinacional
con autonomías tiende a descartar las tendencias centralistas y a profundizar en mayor grado y de
manera progresiva y gradual, la cláusula autonómica, la misma que debe ser llevada a cabo siempre
bajo el principio de unidad e integralidad del Estado.
En el caso de Bolivia, la orientación a este nuevo Estado compuesto emerge, por un lado, de las
demandas históricas de autonomía, libre determinación y autogobierno de los gobiernos municipales y
territorios indígenas; por otro, de las demandas de una mayor descentralización administrativa, política y
financiera de los departamentos, con el objetivo de una efectiva materialización de políticas públicas
para la provisión y prestación de los servicios públicos y de mayor acercamiento de las instancias
gubernativo administrativas al ciudadano para la respuesta de sus necesidades, pero subordinada a la
unidad del Estado como tal.
En consecuencia Bolivia, en cuanto a la distribución territorial del poder político, es un Estado Unitario
con descentralización bajo la modalidad de las autonomías. Respecto a su organización económica y la
adopción de políticas de orden social es un Estado Social. Con relación al régimen jurídico es un Estado
constitucional de Derecho. Respecto a su estructura social y cultural es un Estado Plurinacional.
1.1 El Estado Unitario. Un Estado unitario es aquel en donde el poder está concentrado y existe un solo
centro de poder político que extiende su accionar a lo largo de todo el territorio del respectivo Estado. El
Estado Unitario jurídicamente considerado tiene en la unidad su característica básica en cuanto a su
fundamento, su estructura y su ejercicio, puesto que la normatividad jurídica es una sola y válida para
todo el territorio nacional, no pudiendo coexistir en otro orden jurídico en todo el espacio físico donde
ejerce su soberanía. Lo mismo ocurre con la estructura judicial, donde los tribunales son dependientes
de una central y el ejercicio está reglado por normatividad exclusiva.
En el Estado Unitario encontramos:
El Estado Unitario Centralizado, o denominado simple en razón de que como lo señala André Hauriou,
esta ordenado por completo alrededor del principio de la unidad.
Esta modalidad de Estado “se encamina hacia in solo centro de decisión y de animación; una única
voluntad se transmite sobre el territorio como si un fluido eléctrico se tratase…la centralización conduce
a la unidad de los poderes del Estado (un solo Gobierno, un solo Parlamento), y en consecuencia, del
orden jurídico”. El Estado unitario de este tipo posee un ordenamiento jurídico simple en su estructura y
aunque en la practica no es realizable completamente, un sistema tal es concebible, pero, si no se tiene
cuidado, tiende a desembocar en la apoplejía del centro y en la parálisis de las extremidades.
Al comentar este tipo de Estado, Hauriou considera que, en la practica la fuerza centralizadora resulta
limitada a través de determinadas reglamentaciones que se materializan en la desconcentración, que
constituye una técnica de autoridad mediante la cual se aproxima la Administración al administrado pues
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, MODELO DEL ESTADO
TEMA 4.
MODELOS DE ESTADO Y SISTEMA DE GOBIERNO
1. CARACTERIZACION DEL ESTADO BOLIVIANO.
El modelo de Estado está compuesto y cimentado en la distribución del poder político con base
territorial, en el que se reconoce la existencia de distintos niveles gubernativos en el territorio: un
gobierno nacional y varios gobiernos autónomos, con facultades ejecutiva, legislativa, reglamentaria y
fiscalizadora (Art. 272 de la CPE), cuya dinámica en el ejercicio de dichas facultades debe reflejar la
característica esencial del nuevo Estado orientado hacia una democratización profunda del poder
político que desmantele la centralización, de ahí la distribución de competencias otorgando a las
entidades territoriales autónomas competencias exclusivas, concurrentes y compartidas a ser
desarrolladas dentro de su jurisdicción territorial, por tanto la orientación del nuevo Estado Plurinacional
con autonomías tiende a descartar las tendencias centralistas y a profundizar en mayor grado y de
manera progresiva y gradual, la cláusula autonómica, la misma que debe ser llevada a cabo siempre
bajo el principio de unidad e integralidad del Estado.
En el caso de Bolivia, la orientación a este nuevo Estado compuesto emerge, por un lado, de las
demandas históricas de autonomía, libre determinación y autogobierno de los gobiernos municipales y
territorios indígenas; por otro, de las demandas de una mayor descentralización administrativa, política y
financiera de los departamentos, con el objetivo de una efectiva materialización de políticas públicas
para la provisión y prestación de los servicios públicos y de mayor acercamiento de las instancias
gubernativo administrativas al ciudadano para la respuesta de sus necesidades, pero subordinada a la
unidad del Estado como tal.
En consecuencia Bolivia, en cuanto a la distribución territorial del poder político, es un Estado Unitario
con descentralización bajo la modalidad de las autonomías. Respecto a su organización económica y la
adopción de políticas de orden social es un Estado Social. Con relación al régimen jurídico es un Estado
constitucional de Derecho. Respecto a su estructura social y cultural es un Estado Plurinacional.
1.1 El Estado Unitario. Un Estado unitario es aquel en donde el poder está concentrado y existe un solo
centro de poder político que extiende su accionar a lo largo de todo el territorio del respectivo Estado. El
Estado Unitario jurídicamente considerado tiene en la unidad su característica básica en cuanto a su
fundamento, su estructura y su ejercicio, puesto que la normatividad jurídica es una sola y válida para
todo el territorio nacional, no pudiendo coexistir en otro orden jurídico en todo el espacio físico donde
ejerce su soberanía. Lo mismo ocurre con la estructura judicial, donde los tribunales son dependientes
de una central y el ejercicio está reglado por normatividad exclusiva.
En el Estado Unitario encontramos:
El Estado Unitario Centralizado, o denominado simple en razón de que como lo señala André Hauriou,
esta ordenado por completo alrededor del principio de la unidad.
Esta modalidad de Estado “se encamina hacia in solo centro de decisión y de animación; una única
voluntad se transmite sobre el territorio como si un fluido eléctrico se tratase…la centralización conduce
a la unidad de los poderes del Estado (un solo Gobierno, un solo Parlamento), y en consecuencia, del
orden jurídico”. El Estado unitario de este tipo posee un ordenamiento jurídico simple en su estructura y
aunque en la practica no es realizable completamente, un sistema tal es concebible, pero, si no se tiene
cuidado, tiende a desembocar en la apoplejía del centro y en la parálisis de las extremidades.
Al comentar este tipo de Estado, Hauriou considera que, en la practica la fuerza centralizadora resulta
limitada a través de determinadas reglamentaciones que se materializan en la desconcentración, que
constituye una técnica de autoridad mediante la cual se aproxima la Administración al administrado pues