TGD
HART 1
Punto de vista interno (sirve para explicar cosas que antes no, entre ellas las reglas
primarias y sec) El punto de vista interno no rechaza al punto de vista externo, son
complementarios. (Todas las autoridades del gobierno deben adoptar el punto de vista
interno)
Personas de la sociedad, participantes, que ven a las reglas como guías de conducta o
como pautas de comportamiento, no como regularidades (como los observadores, punto
externó)
Idea de probabilidad de castigo (Austin): Se ven obligadas por la probabilidad de que exista
un castigo (ej: asaltante).
Crítica: Qué pasa si la sanción puede ser trivial/ poco probable? (Ej: pellizco)
No se vería obligado
Diferencia entre verse obligado a y tener la obligación de
(Ej: votó). Obligación sólo puede ser explicada del punto de vista interno
DIF habitó- regla social
Reglas sociales: exigencia sobre el cumplimiento - fuerte presión social - crítica
Reglas primarias: deberes
Reglas secundarias: potestades públicas o privadas (reglas sobre las reglas)
- Problemas:
- Regla de reconocimiento (certeza): aquella nos permite saber cuáles son los criterios que
necesitan cumplirse para que una regla sea una regla jurídica
- Regla de cambio (estaticidad): aquellas potestades jurídicas que nos permiten modificar el
derecho (Ej: procesos legislativos)
- Regla de adjudicación: quienes son más autoridades que están facultadas para decidir y
aplicar el derecho y bajo cuáles procedimientos
Sistema jurídico: relación compleja entre reglas primarias y secundarias
HART 2
Austin- nos sirve para explicar el producto final del derecho - ver donde impactan esas
normas de obligación
Concepto de obediencia insuficiente
(No hay ningún carácter crítico en la aceptación de las reglas por parte de ellos)
Hart- nos permite observar la existencia cotidiana del mundo jurídico
Aceptación oficial unificada y compartida por parte de los funcionarios
, Consideran a las reglas jurídicas como criterio común de decisiones judiciales correctas
(Actitud comprometida e interesada)
Este punto interno y crítico, les permite criticar las conductas de los otros
2 puntos:
- OBEDIENCIA GENERAL DE LAS REGLAS DE CONDUCTA (reglas válidas de acuerdo a
la regla de reconocimiento)
- ACEPTACIÓN DE LA REGLAS POR PARTE DE LOS FUNCIONARIOS.
Reglas de reconocimiento: están en la práctica de los funcionarios (a veces no se utilizan de
manera expresa, lo ve en el actuar/ en el hacer - Ej: fútbol)
Supremacía y subordinación: Criterios con mayor jerarquía que otros
Diferencia entre persona y funcionarios: sus decisiones están revestidas de un status
especial de una regla secundaria que les da autoridad (valor autoritario)
Enunciados internos de validez (PI): se manifiesta la aceptación de las reglas
—> validez jurídica
Siempre es válida, exp regla de desuso
Enunciados fácticos (PE)
CONEXIÓN CONTEXTUAL entre validez y eficacia: cuando hacemos enunciados internos
de validez PRESUPONEMOS la verdad del enunciado fáctico (eficacia)
En realidad: no se se trata de la predicción, se trata de un compromiso con la aceptación
del punto de vista interno y de una justificación o razón para la acción oficial
REGLA ÚLTIMA DE RECONOCIMIENTO:
- criterio supremo (no está subordinada a ninguna otra)
- Simplemente existe
- Esa existencia solo la podemos ver desde un enunciado externo, fáctico
- (No son ilimitados)
- Criterio de validez principal
- No es válida ni invalida. (Se presupone su existencia)
- Puede tener un punto de vista interno tmb, de las personas que la utilizan para justificar el
derecho
HART 1
Punto de vista interno (sirve para explicar cosas que antes no, entre ellas las reglas
primarias y sec) El punto de vista interno no rechaza al punto de vista externo, son
complementarios. (Todas las autoridades del gobierno deben adoptar el punto de vista
interno)
Personas de la sociedad, participantes, que ven a las reglas como guías de conducta o
como pautas de comportamiento, no como regularidades (como los observadores, punto
externó)
Idea de probabilidad de castigo (Austin): Se ven obligadas por la probabilidad de que exista
un castigo (ej: asaltante).
Crítica: Qué pasa si la sanción puede ser trivial/ poco probable? (Ej: pellizco)
No se vería obligado
Diferencia entre verse obligado a y tener la obligación de
(Ej: votó). Obligación sólo puede ser explicada del punto de vista interno
DIF habitó- regla social
Reglas sociales: exigencia sobre el cumplimiento - fuerte presión social - crítica
Reglas primarias: deberes
Reglas secundarias: potestades públicas o privadas (reglas sobre las reglas)
- Problemas:
- Regla de reconocimiento (certeza): aquella nos permite saber cuáles son los criterios que
necesitan cumplirse para que una regla sea una regla jurídica
- Regla de cambio (estaticidad): aquellas potestades jurídicas que nos permiten modificar el
derecho (Ej: procesos legislativos)
- Regla de adjudicación: quienes son más autoridades que están facultadas para decidir y
aplicar el derecho y bajo cuáles procedimientos
Sistema jurídico: relación compleja entre reglas primarias y secundarias
HART 2
Austin- nos sirve para explicar el producto final del derecho - ver donde impactan esas
normas de obligación
Concepto de obediencia insuficiente
(No hay ningún carácter crítico en la aceptación de las reglas por parte de ellos)
Hart- nos permite observar la existencia cotidiana del mundo jurídico
Aceptación oficial unificada y compartida por parte de los funcionarios
, Consideran a las reglas jurídicas como criterio común de decisiones judiciales correctas
(Actitud comprometida e interesada)
Este punto interno y crítico, les permite criticar las conductas de los otros
2 puntos:
- OBEDIENCIA GENERAL DE LAS REGLAS DE CONDUCTA (reglas válidas de acuerdo a
la regla de reconocimiento)
- ACEPTACIÓN DE LA REGLAS POR PARTE DE LOS FUNCIONARIOS.
Reglas de reconocimiento: están en la práctica de los funcionarios (a veces no se utilizan de
manera expresa, lo ve en el actuar/ en el hacer - Ej: fútbol)
Supremacía y subordinación: Criterios con mayor jerarquía que otros
Diferencia entre persona y funcionarios: sus decisiones están revestidas de un status
especial de una regla secundaria que les da autoridad (valor autoritario)
Enunciados internos de validez (PI): se manifiesta la aceptación de las reglas
—> validez jurídica
Siempre es válida, exp regla de desuso
Enunciados fácticos (PE)
CONEXIÓN CONTEXTUAL entre validez y eficacia: cuando hacemos enunciados internos
de validez PRESUPONEMOS la verdad del enunciado fáctico (eficacia)
En realidad: no se se trata de la predicción, se trata de un compromiso con la aceptación
del punto de vista interno y de una justificación o razón para la acción oficial
REGLA ÚLTIMA DE RECONOCIMIENTO:
- criterio supremo (no está subordinada a ninguna otra)
- Simplemente existe
- Esa existencia solo la podemos ver desde un enunciado externo, fáctico
- (No son ilimitados)
- Criterio de validez principal
- No es válida ni invalida. (Se presupone su existencia)
- Puede tener un punto de vista interno tmb, de las personas que la utilizan para justificar el
derecho