Funciones del Estado
Las funciones del Estado pueden ser entendidas como poderes o como las competencias
de la Administración pública, ejercidas como funciones públicas por distintos tipos de
cargos públicos, las dividimos en dos maneras:
Función Jurídica: son las funciones que despliega el estado, al margen de regímenes políticos
y que precisan de manera puntual, tales como Ejecutiva, legislativa y judicial.
Ejecutiva: llamada Legislativa: es la Judicial: es la actividad
también administrativa, actividad que formula las característica del Estado,
consiste en que el estado normas generales que que encamina a tutelar el
satisfaga las necesidades deben, en primer término ordenamiento jurídico o
de los ciudadanos y estructurar el Estado y en sea que está dirigida a
fomente el bienestar y el segundo lugar obtener la declaración del
progreso de la reglamentar las relaciones derecho y la observancia
colectividad. En ella se entre el Estado y los de la norma jurídica pre
encuentra la función ciudadanos y las constituida, mediante una
gubernamental o alta relaciones de los resolución que surge por
dirección del Estado. ciudadanos entre si. conflictos de intereses.
Función política: en estas funciones se exponen las del gobierno en sí y otra tan
importante como lo es el control.
Gobierno. Control.
Esta función se puede definir
Es una forma de actividad
como toda capacidad o facultad
política pura que impulsa,
indirecta de influir o limitar la
coordina y defiende la decisión del titular de una función,
organización de una a quien esta formalmente
comunidad. En esta atribuida por el derecho.
función se comprende casi Generalmente significa una vía de
todo el contenido del participación, verificación y
proceso de formación de la limitación del impulso discrecional
decisión. del gobierno.
Madelyne Stephany Chavajay
202030015
Las funciones del Estado pueden ser entendidas como poderes o como las competencias
de la Administración pública, ejercidas como funciones públicas por distintos tipos de
cargos públicos, las dividimos en dos maneras:
Función Jurídica: son las funciones que despliega el estado, al margen de regímenes políticos
y que precisan de manera puntual, tales como Ejecutiva, legislativa y judicial.
Ejecutiva: llamada Legislativa: es la Judicial: es la actividad
también administrativa, actividad que formula las característica del Estado,
consiste en que el estado normas generales que que encamina a tutelar el
satisfaga las necesidades deben, en primer término ordenamiento jurídico o
de los ciudadanos y estructurar el Estado y en sea que está dirigida a
fomente el bienestar y el segundo lugar obtener la declaración del
progreso de la reglamentar las relaciones derecho y la observancia
colectividad. En ella se entre el Estado y los de la norma jurídica pre
encuentra la función ciudadanos y las constituida, mediante una
gubernamental o alta relaciones de los resolución que surge por
dirección del Estado. ciudadanos entre si. conflictos de intereses.
Función política: en estas funciones se exponen las del gobierno en sí y otra tan
importante como lo es el control.
Gobierno. Control.
Esta función se puede definir
Es una forma de actividad
como toda capacidad o facultad
política pura que impulsa,
indirecta de influir o limitar la
coordina y defiende la decisión del titular de una función,
organización de una a quien esta formalmente
comunidad. En esta atribuida por el derecho.
función se comprende casi Generalmente significa una vía de
todo el contenido del participación, verificación y
proceso de formación de la limitación del impulso discrecional
decisión. del gobierno.
Madelyne Stephany Chavajay
202030015