RESUMEN CIVIL 2DO PARCIAL
ART 257HECHO JURÍDICO
EL HECHO JURÍDICO ES EL ACONTECIMIENTO QUE CONFORME AL ORDENAMIENTO
JURÍDICO,PRODUCE EL NACIMIENTO,MODIFICACIÓN O EXTINCIÓN DE RELACIONES O
SITUACIONES JURÍDICAS.
EL HECHO JURÍDICO COMPRENDE:
● HECHOS NATURALES O EXTERNOS QUE INCIDEN EN LA VIDA DE LA PERSONA
● SIMPLE ACTO
● ACTO JURIDICO
● ACTO INVOLUNTARIO
● ACTO ILÍCITO
Para el código de VÉLEZ existían, del sinnúmero de hechos que acaecen/suceden/pasan
constantemente en el mundo externo, algunos de los cuales tenían la propiedad de producir
efectos jurídicos.
Si se analiza esta relación entre el hecho y la consecuencia jurídica, es fácil advertir que esta
última no deriva de alguna condición o calidad propia de la naturaleza de ciertos hechos, sino
simplemente de que la ley lo establece. De ahí que el hecho jurídico puede ser definido como el
presupuesto de hecho necesario para que se produzca un efecto jurídico; en otras palabras, es
el conjunto de circunstancias que, producidas, deben determinar ciertas consecuencias de
acuerdo con la ley.
Al derecho solamente le importan los actos y hechos juridicos que producen
consecuencias jurídicas.Los hechos que no tienenninguna trascendenciajurídica se
llaman SIMPLES HECHOS; tales por ejemplo, el trueno, el vuelo de un pájaro, un eclipse
lunar,la lluvia,etc.
FOTOCOPIAS MEDINA: "teoría de los hechos y actos jurídicos" es básicamente cómo se
seleccionan los hechos,el criterio por el cual van a ser o no jurídicos. El hecho jurídico alude a
toda clase de acontecimientos que producen consecuencias jurídicas. Primero se separan los
simples hechos de los hechos que tienen consecuencias jurídicas. Lo que en realidad se hace
es un juicio hipotético donde de darse a el resultado será b. Lo que hay son supuestos de
hecho. El hecho jurídico queda definido como el conjunto de circunstancias de hecho que
producidas deben determinar ciertas consecuencias jurídicas de acuerdo con la ley.
NINGÚN ACONTECIMIENTO EXTERNO PUEDE SER EXCLUIDO A PRIORI DE LA
CATEGORÍA HECHO JURÍDICO.
Los hechos jurídicos pueden ser naturales o humanos pero dentro de los naturales se van a
incluir todos aquellos hechos en los que el humano participa como ente sometido a las leyes
físicas o biológicas(muerte,nacimiento,enfermedad,paso del tiempo).
Solo puede hablarse de conducta humana cuando la acción sea apreciable como una
emanación de la persona y de su personalidad quedando excluidos los actos reflejos,los
producidos en estado de inconsciencia y aquellos que son producto de una fuerza irresistible.
EL EFECTO DEL HECHO JURÍDICO ES EL NACIMIENTO,MODIFICACIÓN O EXTINCIÓN DE
UNA RELACIÓN O SITUACIÓN JURÍDICA. (en realidad quien produce estos efectos no es el
hecho sino la norma)
Clasificación de hechos jurídicos:
● Pueden ser humanoso naturales.
,Los naturales acaecen sin intervención del hombre. Pueden generar indemnizaciones. Los
humanos son producidos por la especie humana y generan efectos jurídicos.
● Pueden ser positivos o negativos.
Los positivos importan una transformación efectiva de circunstancias de hecho
(muerte,delito,aceptación de una oferta) . Los negativos implican una abstención: la obligación
de no hacer
● Pueden ser voluntarios o involuntarios
● Pueden ser lícitos o ilícitos según sean conforme o no a la ley.
ART. 258 SIMPLE ACTO LÍCITO
EL SIMPLE ACTO LÍCITO ES LA ACCIÓN VOLUNTARIA NO PROHIBIDA POR LA LEY,DE LA
QUE RESULTA ALGUNA ADQUISICION,MODIFICACION O EXTINCION DE RELACIONES O
SITUACIONES JURÍDICAS
Es la acción voluntaria no prohibida por la ley de la que resulta una
modificación,adquisición,extinción de relación o situación jurídica. Produce efectos jurídicos con
independencia de la voluntad de la parte. Ejemplo: cumplir 18 años.
Fotocopia Medina:los simples actos carecen de fin inmediato y sus efectos jurídicos
(nacimiento,modificación,extinción) se darán prescindiendo del querer del agente y por la simple
circunstancia de haberse colocado en la situación prevista por la norma como supuesto de
hecho.
No quiere producir efectos jurídicos pero los termina generando.
No aplican en el caso del simple acto lícito los elementos,vicios e ineficacia de los actos
jurídicos (porque la voluntad de la persona es indiferente a los efectos que produce el
simple acto)
ART. 259 ACTO JURÍDICO
EL ACTO JURÍDICO ES EL ACTO VOLUNTARIO LÍCITO QUE TIENE POR FIN INMEDIATOLA
ADQUISICIÓN,MODIFICACIÓN O EXTINCIÓN DE RELACIONES Y/O SITUACIONES
JURÍDICAS.
Clasificación acto jurídico:
● POSITIVO/NEGATIVO: depende de la realización del acto. El positivo es hacer algo. En el
negativo la conducta consiste en una omisión. Obligación de no hacer
● UNILATERAL/BILATERAL: El bilateral es cuando se REQUIERE el consentimiento de dos o
más personas.
● ENTRE VIVOS/ÚLTIMA VOLUNTAD: El de última voluntad produce efectos después del
fallecimiento de la persona de la cual emanan.
● GRATUITO/ONEROSO: En el oneroso las obligaciones son RECÍPROCAS y cada contratante
los contrata en vista de que la otra parte también se obligan.
● FORMALES/NO FORMALES: la eficacia depende de la observancia de las formas
establecidas por ley.
● PATRIMONIALES/EXTRAPATRIMONIAL: Tienen o no contenido económico
● ADMINISTRACION/DISPOSICION: Los de administración tienden a mantener en su integridad
el patrimonio o inclusive a aumentarlo por medio de la explotación normal. Los de disposición
tratan de una modificación sustancial
, de la composición del patrimonio. Un ingreso/egreso.
Elementos del acto jurídico:
● Forma
● Sujeto
Partes que intervienen en el acto. (El acto produce efectos solo para las partes)
OTORGANTES:TODOS SON OTORGANTES. DENTRO DE LOS OTORGANTES ESTÁN LAS
PARTES Y REPRESENTANTES.
PARTES: personas cuyo derecho se crean,modifican,transfieren,conservan/aniquilan por causa
del acto/negocio. REPRESENTANTES: son otorgantes del acto pero no partes. Sustituyen a la
parte y actúan en nombre de otros emitiendo una declaración que no se les atribuye sino que es
de interés de la parte.Los representantes pueden ser legales ( por ley:
padres,curadores,ministerio público) o voluntarios ( hay un acuerdo entre partes:
abogado,testaferro. Es siempre a través de contrato)
SUCESORES:UNIVERSALES sustituyen a las partes cuando éstas mueren. Vienen a colocarse
en igual situación que la que tenía dicha parte a la que suceden. SINGULARES personas que
reciben 1 o más bienes en particular. ACREEDORES: QUIROGRAFARIOS(COMUNES) O
PRIVILEGIADOS
PENITUS EXTRANEI:no tienen ninguna relación con el acto
INTERVINIENTES NO PARTES:participan del acto pero no son parte (escribanos y
representantes)
● Objeto
EL OBJETO SERÁ NO SOLAMENTE EL BIEN O LA COSA SINO ADEMÁS EL
COMPORTAMIENTO DE LAS PARTES PARA LA SATISFACCIÓN DE SUS INTERESES.
(ART. 279)
NO DEBE SER IMPOSIBLE
NO DEBE SER PROHIBIDO POR LEY
NO DEBE SER CONTRARIO A LA MORAL Y BUENAS COSTUMBRES
NO DEBE SER LESIVO A LA DIGNIDAD HUMANA
NO DEBE SER UN BIEN PROHIBIDO POR MOTIVO PARTICULAR
SI EL OBJETO ESTÁ PROHIBIDO POR LA LEY EL ACTO SERÁ NULONO ILÍCITO.
● Causa
FIN INMEDIATO QUE LAS PARTES SE PROPUSIERON LOGRAR AL TIEMPO DE CELEBRAR
EL ACTO. EJEMPLO: Alquilo inmueble para ver el acto del bicentenario.
El fin debe ser exteriorizado,aceptado de manera expresa o tácita,el móvil debe ser esencial y
determinante para que ambas partes hayan determinado celebrar el acto.
SIEMPRE DEBE SER LÍCITA. SI EL ACTO SE QUEDA SIN CAUSA PUEDE SER DECLARADO
NULO.
ART.260 ACTO VOLUNTARIO
EL ACTO VOLUNTARIO ES EL EJECUTADO CON DISCERNIMIENTO,INTENCIÓN Y
LIBERTAD,QUE SE MANIFIESTA POR UN HECHO EXTERIOR.
ART 257HECHO JURÍDICO
EL HECHO JURÍDICO ES EL ACONTECIMIENTO QUE CONFORME AL ORDENAMIENTO
JURÍDICO,PRODUCE EL NACIMIENTO,MODIFICACIÓN O EXTINCIÓN DE RELACIONES O
SITUACIONES JURÍDICAS.
EL HECHO JURÍDICO COMPRENDE:
● HECHOS NATURALES O EXTERNOS QUE INCIDEN EN LA VIDA DE LA PERSONA
● SIMPLE ACTO
● ACTO JURIDICO
● ACTO INVOLUNTARIO
● ACTO ILÍCITO
Para el código de VÉLEZ existían, del sinnúmero de hechos que acaecen/suceden/pasan
constantemente en el mundo externo, algunos de los cuales tenían la propiedad de producir
efectos jurídicos.
Si se analiza esta relación entre el hecho y la consecuencia jurídica, es fácil advertir que esta
última no deriva de alguna condición o calidad propia de la naturaleza de ciertos hechos, sino
simplemente de que la ley lo establece. De ahí que el hecho jurídico puede ser definido como el
presupuesto de hecho necesario para que se produzca un efecto jurídico; en otras palabras, es
el conjunto de circunstancias que, producidas, deben determinar ciertas consecuencias de
acuerdo con la ley.
Al derecho solamente le importan los actos y hechos juridicos que producen
consecuencias jurídicas.Los hechos que no tienenninguna trascendenciajurídica se
llaman SIMPLES HECHOS; tales por ejemplo, el trueno, el vuelo de un pájaro, un eclipse
lunar,la lluvia,etc.
FOTOCOPIAS MEDINA: "teoría de los hechos y actos jurídicos" es básicamente cómo se
seleccionan los hechos,el criterio por el cual van a ser o no jurídicos. El hecho jurídico alude a
toda clase de acontecimientos que producen consecuencias jurídicas. Primero se separan los
simples hechos de los hechos que tienen consecuencias jurídicas. Lo que en realidad se hace
es un juicio hipotético donde de darse a el resultado será b. Lo que hay son supuestos de
hecho. El hecho jurídico queda definido como el conjunto de circunstancias de hecho que
producidas deben determinar ciertas consecuencias jurídicas de acuerdo con la ley.
NINGÚN ACONTECIMIENTO EXTERNO PUEDE SER EXCLUIDO A PRIORI DE LA
CATEGORÍA HECHO JURÍDICO.
Los hechos jurídicos pueden ser naturales o humanos pero dentro de los naturales se van a
incluir todos aquellos hechos en los que el humano participa como ente sometido a las leyes
físicas o biológicas(muerte,nacimiento,enfermedad,paso del tiempo).
Solo puede hablarse de conducta humana cuando la acción sea apreciable como una
emanación de la persona y de su personalidad quedando excluidos los actos reflejos,los
producidos en estado de inconsciencia y aquellos que son producto de una fuerza irresistible.
EL EFECTO DEL HECHO JURÍDICO ES EL NACIMIENTO,MODIFICACIÓN O EXTINCIÓN DE
UNA RELACIÓN O SITUACIÓN JURÍDICA. (en realidad quien produce estos efectos no es el
hecho sino la norma)
Clasificación de hechos jurídicos:
● Pueden ser humanoso naturales.
,Los naturales acaecen sin intervención del hombre. Pueden generar indemnizaciones. Los
humanos son producidos por la especie humana y generan efectos jurídicos.
● Pueden ser positivos o negativos.
Los positivos importan una transformación efectiva de circunstancias de hecho
(muerte,delito,aceptación de una oferta) . Los negativos implican una abstención: la obligación
de no hacer
● Pueden ser voluntarios o involuntarios
● Pueden ser lícitos o ilícitos según sean conforme o no a la ley.
ART. 258 SIMPLE ACTO LÍCITO
EL SIMPLE ACTO LÍCITO ES LA ACCIÓN VOLUNTARIA NO PROHIBIDA POR LA LEY,DE LA
QUE RESULTA ALGUNA ADQUISICION,MODIFICACION O EXTINCION DE RELACIONES O
SITUACIONES JURÍDICAS
Es la acción voluntaria no prohibida por la ley de la que resulta una
modificación,adquisición,extinción de relación o situación jurídica. Produce efectos jurídicos con
independencia de la voluntad de la parte. Ejemplo: cumplir 18 años.
Fotocopia Medina:los simples actos carecen de fin inmediato y sus efectos jurídicos
(nacimiento,modificación,extinción) se darán prescindiendo del querer del agente y por la simple
circunstancia de haberse colocado en la situación prevista por la norma como supuesto de
hecho.
No quiere producir efectos jurídicos pero los termina generando.
No aplican en el caso del simple acto lícito los elementos,vicios e ineficacia de los actos
jurídicos (porque la voluntad de la persona es indiferente a los efectos que produce el
simple acto)
ART. 259 ACTO JURÍDICO
EL ACTO JURÍDICO ES EL ACTO VOLUNTARIO LÍCITO QUE TIENE POR FIN INMEDIATOLA
ADQUISICIÓN,MODIFICACIÓN O EXTINCIÓN DE RELACIONES Y/O SITUACIONES
JURÍDICAS.
Clasificación acto jurídico:
● POSITIVO/NEGATIVO: depende de la realización del acto. El positivo es hacer algo. En el
negativo la conducta consiste en una omisión. Obligación de no hacer
● UNILATERAL/BILATERAL: El bilateral es cuando se REQUIERE el consentimiento de dos o
más personas.
● ENTRE VIVOS/ÚLTIMA VOLUNTAD: El de última voluntad produce efectos después del
fallecimiento de la persona de la cual emanan.
● GRATUITO/ONEROSO: En el oneroso las obligaciones son RECÍPROCAS y cada contratante
los contrata en vista de que la otra parte también se obligan.
● FORMALES/NO FORMALES: la eficacia depende de la observancia de las formas
establecidas por ley.
● PATRIMONIALES/EXTRAPATRIMONIAL: Tienen o no contenido económico
● ADMINISTRACION/DISPOSICION: Los de administración tienden a mantener en su integridad
el patrimonio o inclusive a aumentarlo por medio de la explotación normal. Los de disposición
tratan de una modificación sustancial
, de la composición del patrimonio. Un ingreso/egreso.
Elementos del acto jurídico:
● Forma
● Sujeto
Partes que intervienen en el acto. (El acto produce efectos solo para las partes)
OTORGANTES:TODOS SON OTORGANTES. DENTRO DE LOS OTORGANTES ESTÁN LAS
PARTES Y REPRESENTANTES.
PARTES: personas cuyo derecho se crean,modifican,transfieren,conservan/aniquilan por causa
del acto/negocio. REPRESENTANTES: son otorgantes del acto pero no partes. Sustituyen a la
parte y actúan en nombre de otros emitiendo una declaración que no se les atribuye sino que es
de interés de la parte.Los representantes pueden ser legales ( por ley:
padres,curadores,ministerio público) o voluntarios ( hay un acuerdo entre partes:
abogado,testaferro. Es siempre a través de contrato)
SUCESORES:UNIVERSALES sustituyen a las partes cuando éstas mueren. Vienen a colocarse
en igual situación que la que tenía dicha parte a la que suceden. SINGULARES personas que
reciben 1 o más bienes en particular. ACREEDORES: QUIROGRAFARIOS(COMUNES) O
PRIVILEGIADOS
PENITUS EXTRANEI:no tienen ninguna relación con el acto
INTERVINIENTES NO PARTES:participan del acto pero no son parte (escribanos y
representantes)
● Objeto
EL OBJETO SERÁ NO SOLAMENTE EL BIEN O LA COSA SINO ADEMÁS EL
COMPORTAMIENTO DE LAS PARTES PARA LA SATISFACCIÓN DE SUS INTERESES.
(ART. 279)
NO DEBE SER IMPOSIBLE
NO DEBE SER PROHIBIDO POR LEY
NO DEBE SER CONTRARIO A LA MORAL Y BUENAS COSTUMBRES
NO DEBE SER LESIVO A LA DIGNIDAD HUMANA
NO DEBE SER UN BIEN PROHIBIDO POR MOTIVO PARTICULAR
SI EL OBJETO ESTÁ PROHIBIDO POR LA LEY EL ACTO SERÁ NULONO ILÍCITO.
● Causa
FIN INMEDIATO QUE LAS PARTES SE PROPUSIERON LOGRAR AL TIEMPO DE CELEBRAR
EL ACTO. EJEMPLO: Alquilo inmueble para ver el acto del bicentenario.
El fin debe ser exteriorizado,aceptado de manera expresa o tácita,el móvil debe ser esencial y
determinante para que ambas partes hayan determinado celebrar el acto.
SIEMPRE DEBE SER LÍCITA. SI EL ACTO SE QUEDA SIN CAUSA PUEDE SER DECLARADO
NULO.
ART.260 ACTO VOLUNTARIO
EL ACTO VOLUNTARIO ES EL EJECUTADO CON DISCERNIMIENTO,INTENCIÓN Y
LIBERTAD,QUE SE MANIFIESTA POR UN HECHO EXTERIOR.