Delitos por omisión
Distinción entre acción y omisión
Acción: despliegue físico perceptible por los sentidos que cambia el mundo exterior
por una relación de causa y efecto
Omisión: es un no hacer estando obligado a actuar, es decir, no realizar una
conducta esperada que si se hubiese realizado evitaba el resultado lesivo
La omisión no necesariamente es considerada una mera pasividad
Los tipos de acción se realizan si se efectúa la conducta que describen - estamos en
presencia de una norma prohibitiva
Pero en los tipos de omisión se refieren a la no verificación de una determinada
conducta - consisten en normas perceptivas o mandatos que obligan a una
cooperación deseable
Clasificación
● Omisión pura o propia: pueden establecerse solo con un no hacer algo
determinado - se encuentra en contrapartida de los de mera actividad ej: el
no socorro de una persona lesionada
● Comisión por omisión: el tipo de comisión se cumple por medio de una
omisión - requiere la no evitación de un resultado por lo que está en
contrapartida de los delitos de resultados
Omisión pura
Tipo objetivo
● Situación típica generadora del deber de actuar
- Tipo circunstanciados
- Solo en esa situación se debe realizar la acción mandada
● La ausencia de la acción determinada que le era exigida al autor
- Núcleo del tipo objetivo
- Exteriorizar una conducta que no se dirija al fin ordenado
● La posibilidad de realizar una acción
- Sujeto activo tiene que tener objetivamente la efectiva posibilidad de
realizar la conducta ordenada
Causalidad e imputación objetiva
Los causalistas sostienen que si hipotéticamente se interpone la conducta debida y
el resultado desaparece hay nexo sino sería atípico
No hay que preguntarse si la acción omitida hubiera evitado el resultado, solo debe
constatarse si la omisión de aplicar una medida de precaución hizo posible que el
foco de peligro superara el riesgo permitido y si ese foco de peligro causó el
resultado
Se saltea la causalidad y debe irse directamente al riesgo jurídicamente
desaprobado - regla de imputación
Se debe de analizar
● Si la conducta creó un peligro jurídicamente desaprobado
● Si el resultado es la concreción de una conducta riesgosa
, Se debe imputar un resultado cuando mediante un comportamiento alternativo
conforme a derecho, el mismo hubiera sido evitado - no con seguridad sino solo
posiblemente
Comisión por omisión
Tipo objetivo
Además de ver los tres ítems de la omisión pura deben presentarse los siguientes
● Posición de garante: respecto del bien jurídico que se trate
● La producción de un resultado
● La posibilidad de evitarlo
- Cuando aún realizando la acción indicada, de todas formas el
resultado se hubiese producido
La posición de garante
No todo aquel que omite evitar la producción de un resultado lesivo puede ser
castigado como si lo hubiera causado por la vía positiva, sino sólo determinadas
personas que se hayan respecto del bien jurídico afectado en una específica
posición de garante
Función de protección del bien jurídico afectado
● Estrecha vinculación familiar
● Comunidad de peligro
● Asunción voluntaria de una función de protección
Función personal de control o vigilancia de una fuente de peligro
● Actuar precedente
● Por deber de control de fuentes de peligro
● Responsabilidad por la conducta de otras personas como es el caso de los
enfermos mentales
Existe una tensión con el principio de legalidad?
La equiparación de las omisiones con verbos que en principio describen
comportamientos activos no implica aceptar la analogía
Se trata de interpretar hasta qué punto un texto que describe una acción, también
está referido a la evitación de un mal resultado
No está en juego la pura descripción de un suceso natural, sino la adscripción de
una responsabilidad según un criterio normativo
Distinción con el delito de abandono de personas
Se suele confundir casos de omisión de socorrer a quien uno está obligado a cuidar,
con resultado muerte
En principio el abandono es un comportamiento activo
Distinción: es la clase de riesgo creado
Abierto o general - abandono
Ante riesgos definitivos o concretos se establece la comisión por omisión
Comisión por omisión y la omisión por comisión - cursos de salvamento
Omisiones que causan: cuando una omisión causa en sentido naturalístico: ejemplo
del bañista con los pies extendidos que no los quita
Distinción entre acción y omisión
Acción: despliegue físico perceptible por los sentidos que cambia el mundo exterior
por una relación de causa y efecto
Omisión: es un no hacer estando obligado a actuar, es decir, no realizar una
conducta esperada que si se hubiese realizado evitaba el resultado lesivo
La omisión no necesariamente es considerada una mera pasividad
Los tipos de acción se realizan si se efectúa la conducta que describen - estamos en
presencia de una norma prohibitiva
Pero en los tipos de omisión se refieren a la no verificación de una determinada
conducta - consisten en normas perceptivas o mandatos que obligan a una
cooperación deseable
Clasificación
● Omisión pura o propia: pueden establecerse solo con un no hacer algo
determinado - se encuentra en contrapartida de los de mera actividad ej: el
no socorro de una persona lesionada
● Comisión por omisión: el tipo de comisión se cumple por medio de una
omisión - requiere la no evitación de un resultado por lo que está en
contrapartida de los delitos de resultados
Omisión pura
Tipo objetivo
● Situación típica generadora del deber de actuar
- Tipo circunstanciados
- Solo en esa situación se debe realizar la acción mandada
● La ausencia de la acción determinada que le era exigida al autor
- Núcleo del tipo objetivo
- Exteriorizar una conducta que no se dirija al fin ordenado
● La posibilidad de realizar una acción
- Sujeto activo tiene que tener objetivamente la efectiva posibilidad de
realizar la conducta ordenada
Causalidad e imputación objetiva
Los causalistas sostienen que si hipotéticamente se interpone la conducta debida y
el resultado desaparece hay nexo sino sería atípico
No hay que preguntarse si la acción omitida hubiera evitado el resultado, solo debe
constatarse si la omisión de aplicar una medida de precaución hizo posible que el
foco de peligro superara el riesgo permitido y si ese foco de peligro causó el
resultado
Se saltea la causalidad y debe irse directamente al riesgo jurídicamente
desaprobado - regla de imputación
Se debe de analizar
● Si la conducta creó un peligro jurídicamente desaprobado
● Si el resultado es la concreción de una conducta riesgosa
, Se debe imputar un resultado cuando mediante un comportamiento alternativo
conforme a derecho, el mismo hubiera sido evitado - no con seguridad sino solo
posiblemente
Comisión por omisión
Tipo objetivo
Además de ver los tres ítems de la omisión pura deben presentarse los siguientes
● Posición de garante: respecto del bien jurídico que se trate
● La producción de un resultado
● La posibilidad de evitarlo
- Cuando aún realizando la acción indicada, de todas formas el
resultado se hubiese producido
La posición de garante
No todo aquel que omite evitar la producción de un resultado lesivo puede ser
castigado como si lo hubiera causado por la vía positiva, sino sólo determinadas
personas que se hayan respecto del bien jurídico afectado en una específica
posición de garante
Función de protección del bien jurídico afectado
● Estrecha vinculación familiar
● Comunidad de peligro
● Asunción voluntaria de una función de protección
Función personal de control o vigilancia de una fuente de peligro
● Actuar precedente
● Por deber de control de fuentes de peligro
● Responsabilidad por la conducta de otras personas como es el caso de los
enfermos mentales
Existe una tensión con el principio de legalidad?
La equiparación de las omisiones con verbos que en principio describen
comportamientos activos no implica aceptar la analogía
Se trata de interpretar hasta qué punto un texto que describe una acción, también
está referido a la evitación de un mal resultado
No está en juego la pura descripción de un suceso natural, sino la adscripción de
una responsabilidad según un criterio normativo
Distinción con el delito de abandono de personas
Se suele confundir casos de omisión de socorrer a quien uno está obligado a cuidar,
con resultado muerte
En principio el abandono es un comportamiento activo
Distinción: es la clase de riesgo creado
Abierto o general - abandono
Ante riesgos definitivos o concretos se establece la comisión por omisión
Comisión por omisión y la omisión por comisión - cursos de salvamento
Omisiones que causan: cuando una omisión causa en sentido naturalístico: ejemplo
del bañista con los pies extendidos que no los quita