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The document you have uploaded contains a summary of important aspects of the legislative and executive powers in the context of Uruguayan constitutional law.Competences of the Executive Power (EP) Order, tranquility, and security. Supreme command of the armed forces. Retirement and pensions of civilian and military employees. Publication, enforcement, execution, and regulation of laws. Receiving foreign diplomats and consuls. Prompt security measures. Collecting revenues and allocating them. Preparing budgets and financial statements. Granting industrial privileges according to the laws. Providing public force to the Judicial Power. Delegation of powers. Form of EP resolutions. Appointment of secretary and deputy

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NATURALEZA Y
ORIGEN DEL
ESTADO
La naturaleza de un objeto de conocimiento cualquiera, consiste en el intento
científico de ubicarlo en el género de objetos a que pertenece, es decir
averiguar su esencia. El Estado es un objeto sumamente complejo Este
fenómeno presenta numerosos elementos que lo componen o que están
muy vinculados con él, ya sea porque son indispensables para que el Estado
nazca y para que pueda funcional. Normalmente, no podría imaginare un
Estado sin un grupo humano, sin gobierno, sin una base territorial, si un
conjunto de reglas sobre su organización y funcionamiento. Teorías
sociológicas, teorías etico-politicas y teorías jurídicas: Dentro de las doctrinas
sociológicas encontramos la de Jorge SIMMEL (teoría de la acción reciproca),
la de Marx y Angers (lucha de clases), entre otras. Dentro de las teorías etico-
politicas, examinaba a Rousseau, a Kant, Hegel, a los idealistas ingleses, etc.
En el grupo de las teorías jurídicas sobre el Estado, examinaba especialmente
las obras de Jellinek y de Kelsen. Teorías realistas y teorías idealistas: Existen
2 grandes grupos de teorías: las que consideran al Estado como un
fenómeno objetivo cuya realidad es posible aprehender (teorías realistas) , y
por otro lado, las que lo consideran algo así como una construcción mental,
sin realidad fuera de la mente del sujeto que lo piensa (teorías idealistas).
Teorias de la fuerza, del contrato y del organismo: Las teorías de la fuerza
conciben al Estado como el producto de un "enfrentamiento" ya sea de
pueblos, de razas, de clases,etc. Las teorías del contrato lo conciben como el
resultado de un pacto o un acuerdo entre los individuos. Se le llama a estas,
teorías contractualistas (Rousseau, Locke). Las teorías del organismo
1

,conciben al Estado como algo así como un ser vivo, un todo, que existe al
margen de que su formación haya sido "querida" o "planteada" por los
individuos o grupos que lo integran. Teorías monistas y pluralistas: Las
teorías monistas, según la cual los distintos vínculos a que se ligan los
individuos forman grupos o agrupaciones (familia, partidos políticos,
asociaciones religiosas,etc) que pueden ser representados gráficamente por
"círculos", los cuales quedan todos comprendidos dentro de un circulo
mayor, que corresponde al Estado. El vinculo del individuo con el Estado es
el mas intenso y mas complejo, por esto el circulo que lo representa es el
mayor y los demás se insertan en su interior, de modo concéntrico. En la
teoría pluralista, los diversos círculos a que pertenecen los individuos no son
necesariamente concéntricos. El círculo estatal no comprende
necesariamente a los demás. El hombre pertenece a una familia, integra una
entidad cultural, religiosa, política, etc. es decir, que se liga a diversos
vínculos.; también al Estado. Es posible que el vínculo estatal sea
frecuentemente más intenso y a la vez más complejo. De ahí, que el circulo
que representa al Estado sea generalmente el mayor, pero sin encerrar
necesariamente a los otros. Cuando a un individuo se le plantea la alternativa
de obedecer una decisión del Estado en contradicción con una decisión de
alguno de los otros círculos a que pertenece, es posible que el mayor poder
del Estado le obligue a ajustarse a la primera. Teorías objetivas, subjetivas y
teorías jurídicas: Las teorías que consideran al Estado de modo objetivo, lo
consideran como un ser exterior y completamente desligado del elemento
interno de la vida del hombre. Existe una su clasificación: La concepción del
Estado "como hecho" (por ejemplo para DUGUIT el hecho de la
diferenciación entre gobernantes y gobernados). Y por otro lado la tesis del
Estado "en cuanto situación", es decir un modo peculiar de relacionarse los
individuos; luego la teoría de "identificación del Estado" con uno de sus
elementos (pueblo, o el poder o el Gobierno) y como último, la concepción
del Estado como "organismo natural" que lo concibe como un ser vivo,
regido por leyes naturales y con una existencia independiente de la de los
individuos que lo forman. Por otro lado, las teorías subjetivas consideran al
Estado como un organismo psíquico, o moral, o espiritual y, además, lo
conciben como una unidad colectiva o unidad de asociación.

Dentro de las teorías jurídicas, encontramos a Jellinek que opina que solo
hay 3 maneras posibles de concebir jurídicamente el Estado: como objeto de
derecho, como relación jurídica, o como sujeto de Derecho. Estas
posibilidades se corresponden con 3 respectivas corrientes doctrinarias.
Jellinek rechaza la primera, ya que, si el Estado fuese objeto de Derecho,
tendría que admitirse que los gobernantes constituyen el "sujeto" respectivo,
2

,y ello solo sería congruente admitiendo que los gobernantes reciben su
mando de la divinidad, o de un orden jurídico superior al que dicta el Estado.
Si se toma como sujeto a todo el pueblo, tampoco quedaría superada la
incongruencia de que los integrantes del pueblo sean al mismo tiempo
sujetos y objetos de Derecho. También descarta la tesis del Estado como
"relación jurídica" porque no supone una explicación aceptable de quién es
el productor de las normas jurídicas que crean y regulan tal relación. El
definitiva, se afilia a la tesis de que el Estado es "sujeto de derecho",
afirmando: "tan licito nos es científicamente concebir el Estado como sujeto
de derecho, como atribuir al hombre este mismo carácter, solo mediante esta
doctrina, nos es posible comprender jurídicamente la unidad del Estado, la
de su organización y la voluntad que ella engendra".

El Estado como "organismo" Teorías organicistas: La idea básica consiste en
concebir al Estado como un organismo, es decir la idea de "un ser" o de "un
todo" o de una "universalidad" que trasciende al conjunto de partes que lo
componen. Puede entenderse que las partes que componen al Estado son
los individuos que lo forman o integran; si el Estado es un "organismo”, ello
significa que tiene existencia real como "un cuerpo" como un "ser" con
independencia de los individuos que lo componen. En la postura
"organicista" el Estado, tiene carácter de un "todo" real, que puede ser
concebido con su propia voluntad, con sus propios fines, con su propio
nacimiento, evolución y hasta su "muerte"; todo lo cual puede producirse al
margen de los fines y de la vida y la muerte de los individuos que lo
componen. Variedades del "organicismo": Las corrientes organicistas
pueden dividirse en dos grupos: 1) concibe al Estado como un "organismo
biológico"

NATURALEZA Y ORIGEN DEL ESTADO

La naturaleza de un objeto de conocimiento cualquiera consiste en el intento
científico de ubicarlo en el género de objetos a que pertenece, es decir
averiguar su esencia. El Estado es un objeto sumamente complejo Este
fenómeno presenta numerosos elementos que lo componen o que están
muy vinculados con él, ya sea porque son indispensables para que el Estado
nazca y para que pueda funcionar. Normalmente, no podría imaginare un
Estado sin un grupo humano, sin gobierno, sin una base territorial, si un
conjunto de reglas sobre su organización y funcionamiento. Teorías
sociológicas, teorías etico-politicas y teorías jurídicas: Dentro de las doctrinas
sociológicas encontramos la de Jorge SIMMEL (teoría de la acción reciproca),
la de Marx y Angers (lucha de clases), entre otras. Dentro de las teorías etico-

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, politicas, examinaba a Rousseau, a Kant, Hegel, a los idealistas ingleses, etc.
En el grupo de las teorías jurídicas sobre el Estado, examinaba especialmente
las obras de Jellinek y de Kelsen. Teorías realistas y teorías idealistas: Existen
dos grandes grupos de teorías: las que consideran al Estado como un
fenómeno objetivo cuya realidad es posible aprehender (teorías realistas), y,
por otro lado, las que lo consideran algo así como una construcción mental,
sin realidad fuera de la mente del sujeto que lo piensa (teorías idealistas).
Teorías de la fuerza, del contrato y del organismo: Las teorías de la fuerza
conciben al Estado como el producto de un "enfrentamiento" ya sea de
pueblos, de razas, de clases,etc. Las teorías del contrato lo conciben como el
resultado de un pacto o un acuerdo entre los individuos. Se les llama a estas,
teorías contractualistas (Rousseau, Locke). Las teorías del organismo
conciben al Estado como algo así como un ser vivo, un todo, que existe al
margen de que su formación haya sido "querida" o "planteada" por los
individuos o grupos que lo integran. Teorías monistas y pluralistas: Las
teorías monistas, según la cual los distintos vínculos a que se ligan los
individuos forman grupos o agrupaciones (familia, partidos políticos,
asociaciones religiosas,etc) que pueden ser representados gráficamente por
"círculos", los cuales quedan todos comprendidos dentro de un círculo
mayor, que corresponde al Estado. El vínculo del individuo con el Estado es
el más intenso y complejo, por esto el circulo que lo representa es el mayor y
los demás se insertan en su interior, de modo concéntrico. En la teoría
pluralista, los diversos círculos a que pertenecen los individuos no son
necesariamente concéntricos. El círculo estatal no comprende
necesariamente a los demás. El hombre pertenece a una familia, integra una
entidad cultural, religiosa, política, etc. es decir, que se liga a diversos
vínculos.; también al Estado. Es posible que el vínculo estatal sea
frecuentemente más intenso y a la vez más complejo. De ahí, que el circulo
que representa al Estado sea generalmente el mayor, pero sin encerrar
necesariamente a los otros. Cuando a un individuo se le plantea la alternativa
de obedecer una decisión del Estado en contradicción con una decisión de
alguno de los otros círculos a que pertenece, es posible que el mayor poder
del Estado le obligue a ajustarse a la primera. Teorías objetivas, subjetivas y
teorías jurídicas: Las teorías que consideran al Estado de modo objetivo, lo
consideran como un ser exterior y completamente desligado del elemento
interno de la vida del hombre. Existe una su clasificación: La concepción del
Estado "como hecho" (por ejemplo, para DUGUIT el hecho de la
diferenciación entre gobernantes y gobernados). Y por otro lado la tesis del
Estado "en cuanto situación", es decir un modo peculiar de relacionarse los
individuos; luego la teoría de "identificación del Estado" con uno de sus

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