TEMA 5
INTRODUCCIÓN AL DERECHO DE SOCIEDADES
ASPECTO SUBJETIVO de la empresa.
Concepto de sociedad
Conjunto de personas que se agrupan con la intención de conseguir un fin (común) y al mismo tiempo estos
socios realizan aportaciones.
OTRA MANERA DE VER LA SOCIEDAD
Contrato plurilateral de organización: contrato entre dos o más partes, es plurilateral porque los sujetos que
intervienen son sujetos que no tienen intereses contrapuestos, se conforman para el interés social. Cuando
hablamos de organización es que esa sociedad tiene una estructura más o menos compleja (requisitos
amplios o estrictos)
▪ Aspecto negocial: contrato de sociedad. (sociedad de forma básica)
▪ Aspecto institucional: personalidad jurídica (cuando se inscribe en el RM un contrato de sociedad).
(PJ: ficción que da el legislador a algo que no tiene fisionomía)
Requisitos mínimos:
▪ Teoría tradicional: art. 116 CCom – 1665 CC. El fin que se busca es lucrativo según estos artículos.
▪ Teoría vigente:
- Concepto amplio de sociedad: Hacemos referencia a tres requisitos para que haya sociedad.
o Origen negocial: la existencia de un contrato de sociedad entre una pluralidad de sujetos.
o Fin común: esas personas celebran ese contrato para buscar un fin común, pero no en el
sentido lucrativo si no para el beneficio o desarrollo de la sociedad.
o Promoción conjunta: cada socio pone su esfuerzo individual para conseguir ese fin común.
Poner en conjunto los esfuerzos individuales.
- Concepto estricto de sociedad: Requisitos que podemos o no añadir junto a los anteriores por lo
que siempre habrá sociedad cuando se cumplan los tres primeros, son características añadidas.
o Publicidad: se da a conocer
o Patrimonialidad: que la sociedad tenga un patrimonio
o Permanencia: en el tiempo
o Ánimo de lucro: se puede dar el caso de que el fin sea lucrativo
Cuentas en participación: Cuando hablamos del concepto estricto, son características añadidas a un
concepto básico de sociedad, pero hay algunas que no cumplen los requisitos estrictos y un ejemplo
de ello (publicidad o patrimonialidad) las cuentas en participación (sociedades ocultas en el mercado)
INTRODUCCIÓN AL DERECHO DE SOCIEDADES
ASPECTO SUBJETIVO de la empresa.
Concepto de sociedad
Conjunto de personas que se agrupan con la intención de conseguir un fin (común) y al mismo tiempo estos
socios realizan aportaciones.
OTRA MANERA DE VER LA SOCIEDAD
Contrato plurilateral de organización: contrato entre dos o más partes, es plurilateral porque los sujetos que
intervienen son sujetos que no tienen intereses contrapuestos, se conforman para el interés social. Cuando
hablamos de organización es que esa sociedad tiene una estructura más o menos compleja (requisitos
amplios o estrictos)
▪ Aspecto negocial: contrato de sociedad. (sociedad de forma básica)
▪ Aspecto institucional: personalidad jurídica (cuando se inscribe en el RM un contrato de sociedad).
(PJ: ficción que da el legislador a algo que no tiene fisionomía)
Requisitos mínimos:
▪ Teoría tradicional: art. 116 CCom – 1665 CC. El fin que se busca es lucrativo según estos artículos.
▪ Teoría vigente:
- Concepto amplio de sociedad: Hacemos referencia a tres requisitos para que haya sociedad.
o Origen negocial: la existencia de un contrato de sociedad entre una pluralidad de sujetos.
o Fin común: esas personas celebran ese contrato para buscar un fin común, pero no en el
sentido lucrativo si no para el beneficio o desarrollo de la sociedad.
o Promoción conjunta: cada socio pone su esfuerzo individual para conseguir ese fin común.
Poner en conjunto los esfuerzos individuales.
- Concepto estricto de sociedad: Requisitos que podemos o no añadir junto a los anteriores por lo
que siempre habrá sociedad cuando se cumplan los tres primeros, son características añadidas.
o Publicidad: se da a conocer
o Patrimonialidad: que la sociedad tenga un patrimonio
o Permanencia: en el tiempo
o Ánimo de lucro: se puede dar el caso de que el fin sea lucrativo
Cuentas en participación: Cuando hablamos del concepto estricto, son características añadidas a un
concepto básico de sociedad, pero hay algunas que no cumplen los requisitos estrictos y un ejemplo
de ello (publicidad o patrimonialidad) las cuentas en participación (sociedades ocultas en el mercado)