Derecho
“Recto, seguido sin retrocederse a un lado ni al otro”.
• Derecho Objetivo: Conjunto de principios • Derecho Positivo: Conjunto de normas
y reglas (cuya observancia puede ser puestas por el hombre para regir en una
impuesta colectivamente a los individuos) sociedad en un dado momento. Ejemplo:
establecidas para regir las relaciones de Normas de convivencia.
las personas en sociedad. En otras • Derecho Natural: Conjunto de normas y
palabras es el “ordenamiento social principios generales que surgen de la
justo”; una regla (escrita) de conducta naturaleza humana misma, además son
exterior al hombre al que se dirige universales en el espacio e inmutables en
(norma). el tiempo. Ejemplo: Derecho a la vida.
• Derecho Subjetivo: Alude a la prerrogativa • Estos dos Derechos se relacionan y se
de la persona para realizar determinados complementan mutuamente. El Derecho
actos o exigir de los demás un Positivo recibe su fundamento y su fuerza
determinado comportamiento, moral del Derecho Natural.
reconocido por la ley.
• A su vez no puede existir uno de estos
conceptos sin el otro.
, Derecho
• Derecho Público: Se entablan relaciones de • Derecho Privado: Se entablan relaciones de
subordinación (justicia distributiva), una de coordinación (justicia conmutativa),
las partes de la misma es el Estado actuando procurando satisfacer el interés de los
con poder; procura cada Derecho y se tiende particulares, esta relación se entabla entre
a satisfacer el interés común. Alude al Estado personas desprovistas de todo poder
como Poder Público ( es de Derecho Público). soberano. Se divide en 7 ramas:
Se divide en 6 ramas: • Derecho Civil
• Derecho Constitucional • Derecho Comercial
• Derecho Administrativo • Derecho Laboral
• Derecho Financiero y Derecho Tributario • Derecho Agrario o Rural
• Derecho Penal • Derecho de la Mineria y de la Energía
• Derecho Internacional Público • Derecho de la Navegación
• Derecho Procesal • Derecho Internacional Privado
, Nación y Estado
• Nación (sociológico): Para que se constituya solo es necesaria la existencia de un grupo de
personas (SENTIMIENTO DE PERTENENCIA) que se sientan entrelazadas por diversos lazos en
común sin ser necesario un territorio. Presentan valores y sentimientos comunes (Ej:
bandera, himno, moneda). Tienen costumbres comunes que los distinguen de otras naciones
(Ej: el mate, el dulce de leche).
• Estado (persona jurídica soberana): El mismo surge cuando una Nación se afinca en un
territorio y el pueblo se somete a una autoridad Gubernamental, es decir, es el pueblo
(conjunto de individuos) o Nación afianzado dentro de determinadas fronteras (territorio),
libre de todo poder extraño (soberanía), organizado en base a un gobierno propio que ejerce
la autoridad y está constituido por un sistema de normas que reglan la convivencia. Reune 3
elementos:
1. Territorio: Ámbito geográfico donde se asienta la población (comprende suelo, subsuelo y
espacio aereo). El mar territorial argentino (se extiende hasta 12 millas marinas), la zona
contigua argentina (se extiende hasta las 24 millas marinas) y la zona económica argentina
(se extiende hasta las 200 millas marinas). 1 milla marina = 1852km.
2. Población: Conjunto de personas que habitan en un territorio (permanente o temporal).
3. Poder: Consiste en la fuerza o energía mediante la cual se pueden imponer conductas
positicas o negativas en los habitantes (ejecutivo o administrativo, legislativo y judicial).
, Funciones del Estado
• El Poder del Estado es uno solo, no se divide, pero se separa en 3 funciones:
1. Legislativa: Consiste en la creación de normas jurídicas generales, radicada en el Poder
Legislativo (Congreso Nacional en el Estado Nacional y Legislaturas en las Provincias), ningún
otro órgano lo tiene a cargo. La misma es intermitente (Si bien tiene recesos puede ser
convocada por el Presidente de la Nación).
2. Ejecutiva o Administrativa: Consiste en la aplicación de las leyes dictadas por el Poder
Legislativo por el Poder Ejecutivo. Puede admitirse que el Poder Legislativo y Judicial realicen
ciertas funciones administrativas. Esta función es permanente.
3. Judicial: Consiste en resolver conflictos intersubjetivos de intereses aplicando el Derecho
mediante la participación de un Juez (que es un tercero, imparcial, impartial e
independiente). El Poder Ejecutivo no puede ejercer funciones judiciales (Artículo 109: En
ningún caso el presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el
conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas). Toda persona tiene derecho
a su defensa en un juicio. Se trata de una actividad intermitente, ya que tiene recesos (salvo
casos urgentes).
“Recto, seguido sin retrocederse a un lado ni al otro”.
• Derecho Objetivo: Conjunto de principios • Derecho Positivo: Conjunto de normas
y reglas (cuya observancia puede ser puestas por el hombre para regir en una
impuesta colectivamente a los individuos) sociedad en un dado momento. Ejemplo:
establecidas para regir las relaciones de Normas de convivencia.
las personas en sociedad. En otras • Derecho Natural: Conjunto de normas y
palabras es el “ordenamiento social principios generales que surgen de la
justo”; una regla (escrita) de conducta naturaleza humana misma, además son
exterior al hombre al que se dirige universales en el espacio e inmutables en
(norma). el tiempo. Ejemplo: Derecho a la vida.
• Derecho Subjetivo: Alude a la prerrogativa • Estos dos Derechos se relacionan y se
de la persona para realizar determinados complementan mutuamente. El Derecho
actos o exigir de los demás un Positivo recibe su fundamento y su fuerza
determinado comportamiento, moral del Derecho Natural.
reconocido por la ley.
• A su vez no puede existir uno de estos
conceptos sin el otro.
, Derecho
• Derecho Público: Se entablan relaciones de • Derecho Privado: Se entablan relaciones de
subordinación (justicia distributiva), una de coordinación (justicia conmutativa),
las partes de la misma es el Estado actuando procurando satisfacer el interés de los
con poder; procura cada Derecho y se tiende particulares, esta relación se entabla entre
a satisfacer el interés común. Alude al Estado personas desprovistas de todo poder
como Poder Público ( es de Derecho Público). soberano. Se divide en 7 ramas:
Se divide en 6 ramas: • Derecho Civil
• Derecho Constitucional • Derecho Comercial
• Derecho Administrativo • Derecho Laboral
• Derecho Financiero y Derecho Tributario • Derecho Agrario o Rural
• Derecho Penal • Derecho de la Mineria y de la Energía
• Derecho Internacional Público • Derecho de la Navegación
• Derecho Procesal • Derecho Internacional Privado
, Nación y Estado
• Nación (sociológico): Para que se constituya solo es necesaria la existencia de un grupo de
personas (SENTIMIENTO DE PERTENENCIA) que se sientan entrelazadas por diversos lazos en
común sin ser necesario un territorio. Presentan valores y sentimientos comunes (Ej:
bandera, himno, moneda). Tienen costumbres comunes que los distinguen de otras naciones
(Ej: el mate, el dulce de leche).
• Estado (persona jurídica soberana): El mismo surge cuando una Nación se afinca en un
territorio y el pueblo se somete a una autoridad Gubernamental, es decir, es el pueblo
(conjunto de individuos) o Nación afianzado dentro de determinadas fronteras (territorio),
libre de todo poder extraño (soberanía), organizado en base a un gobierno propio que ejerce
la autoridad y está constituido por un sistema de normas que reglan la convivencia. Reune 3
elementos:
1. Territorio: Ámbito geográfico donde se asienta la población (comprende suelo, subsuelo y
espacio aereo). El mar territorial argentino (se extiende hasta 12 millas marinas), la zona
contigua argentina (se extiende hasta las 24 millas marinas) y la zona económica argentina
(se extiende hasta las 200 millas marinas). 1 milla marina = 1852km.
2. Población: Conjunto de personas que habitan en un territorio (permanente o temporal).
3. Poder: Consiste en la fuerza o energía mediante la cual se pueden imponer conductas
positicas o negativas en los habitantes (ejecutivo o administrativo, legislativo y judicial).
, Funciones del Estado
• El Poder del Estado es uno solo, no se divide, pero se separa en 3 funciones:
1. Legislativa: Consiste en la creación de normas jurídicas generales, radicada en el Poder
Legislativo (Congreso Nacional en el Estado Nacional y Legislaturas en las Provincias), ningún
otro órgano lo tiene a cargo. La misma es intermitente (Si bien tiene recesos puede ser
convocada por el Presidente de la Nación).
2. Ejecutiva o Administrativa: Consiste en la aplicación de las leyes dictadas por el Poder
Legislativo por el Poder Ejecutivo. Puede admitirse que el Poder Legislativo y Judicial realicen
ciertas funciones administrativas. Esta función es permanente.
3. Judicial: Consiste en resolver conflictos intersubjetivos de intereses aplicando el Derecho
mediante la participación de un Juez (que es un tercero, imparcial, impartial e
independiente). El Poder Ejecutivo no puede ejercer funciones judiciales (Artículo 109: En
ningún caso el presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el
conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas). Toda persona tiene derecho
a su defensa en un juicio. Se trata de una actividad intermitente, ya que tiene recesos (salvo
casos urgentes).