TEORÍA DEL CONFLICTO
1. CONFLICTO. SENTIDO, ORIGEN Y DEFINICIÓN
● El conflicto es un fenómeno social en el que 2 o más partes tienen intereses
contrapuestos y exteriorizan ello a través de conductas dirigidas a obtener
una respuesta para el mismo
● Las relaciones del ser humano generan desacuerdos y diferencias que se
manifiestan a través de un conflicto, ya que nos desenvolvemos en
diferentes esquemas sociales
● ¿Diferencias en cuanto a qué? La escasez de recursos es una de las causas
de los conflictos, porque no existe una infinidad de elementos para satisfacer
las necesidades de las personas. Por ello, existirían intereses contrapuestos
que llevarían a las partes a enfrentarse por ellos.
● existen micro conflictos (interpersonales), macro conflictos (nivel social) y
mega conflictos (guerras mundiales)
● El conflicto interpersonal y el social son aquellos que involucran a sujetos
particulares (personas naturales o jurídicas)
● En un conflicto se puede identificar a: partes con intereses enfrentados y
conciencia de la existencia de dicho enfrentamiento (esto es un acto
intelectual en el que un actor admite encontrarse con otro actor en una
relación de objetivos incompatibles
2. DOS ENFOQUES DISTINTOS
● Existen 2 enfoques tratados en esta sección para entender el conflicto
o El conflicto desde el derecho procesal (enfoque adversarial),
disciplina que se enfoca en el estudio del proceso como la vía para
la administración de justicia
o El conflicto desde los mecanismos alternativos de solución (visión
cooperativa), se enfoca en la obtención de soluciones basándose en
un acuerdo y consenso de las partes involucradas
2.1. ENFOQUE ADVERSARIAL (DERECHO PROCESAL)
● Se impone una solución a través de un agente imparcial (juez). Los
involucrados se enfrentan para convencer al juez de las posiciones
que cada uno presenta
, ● El factor diferencial es que el interés de una persona prevalecerá,
habrá disconformidad de la otra parte la cual acepta la decisión por
obligación debido a su estricto cumplimiento.
2.2. ENFOQUE COOPERATIVO (MECANISMOS ALTERNATIVOS DE
SOLUCIÓN)
● Búsqueda de un consenso por las partes involucradas para promover una
solución que pueda satisfacer los intereses de todos
● Su carácter diferenciador es que la solución obtenida de manera voluntaria
no genera disconformidad y puede permitir la continuación de las relaciones
interpersonales y sociales
⇨ El tratamiento de los conflictos pasa por conocer y manejar ambos
enfoques. No es posible afirmar que todos los conflictos puedan ser
manejados usando solo una de las perspectivas. Es necesario determinar
qué enfoque debe de paliarse y verificar sus ventajas y desventajas.
3. El conflicto desde el derecho procesal
3.1.Delimitación necesaria: conflictos interpersonales
●Se delimita el conflicto intersubjetivo de intereses comunes e
incertidumbres jurídicas
●Es necesario delimitar, ya que el derecho procesal varía en función al tipo
de conflicto con el que trata
●En primer lugar, si no nos limitásemos a los conflictos interpersonales en
el análisis se deberían de tocar a los conflictos internacionales y
conflictos con consecuencias penales, los cuales son tratados con otros
caracteres y lineamientos
●Nos enfocaremos en el derecho procesal civil, ya que tratamos de
conflictos interpersonales, propios de la vida civil (vida en sociedad)
3.2.El conflicto como la discrepancia en la aplicación del derecho
● En una sociedad de Estado de derecho las normas jurídicas regulan el
comportamiento de los agentes de la sociedad, por ende, actuamos bajo un
conjunto de normas y debemos de cumplir con lo establecido por ellas
● ¿Qué es cumplir con las normas? Es aplicar el derecho
● Cuando los involucrados no están de acuerdo de cómo se aplica el
derecho o en cuáles son los hechos , para el derecho procesal es en esta
situación en la que aparece la vía judicial de solución de conflictos: ante la
divergencia en la aplicación del derecho o en la determinación de hechos
jurídicamente relevantes acude al juez para que luego de un proceso
expida una decisión que ponga fin al problema
o No solo los jueces aplican el derecho sino también los ciudadanos
cuando según ellos regulan su conducta. El juez provee a terminar
el producto semielaborado únicamente cuando los ciudadanos no
consiguen hacerlo
● ¿Qué es el conflicto para el derecho procesal? Se trata de una divergencia
jurídicamente relevante de porque existe una discrepancia en cuanto a a) la
aplicación del derecho o a b) la determinación de hechos sobre los cuales
luego deberá de aplicarse el derecho