PV. MODERNA
La sociedad moderna es una sociedad de frontera: se estableció una frontera cultural entre el
Islam y el cristianismo, especialmente en torno al Mar Mediterráneo. Para evitar estos
conflictos fronterizos, los gobernantes llevaron a cabo reconversiones y expulsiones. En el
contexto de la nueva monarquía, Isabel I y Fernando I se unieron en 1479, consolidando el
poder en la península. Este período también marcó un nuevo contexto global, impulsado por
las dinámicas de colonización para la creación de los virreinatos en América. Estas dinámicas
tuvieron un impacto en la península, ya que gobernar en lugares lejanos, con distintas
creencias y formas de hacer las cosas, era muy diferente a gobernar exclusivamente en la
península.
TEMA 1. LA UNIÓN DE CORONAS: EL REINO DE VALENCIA EN LA NUEVA MONARQUÍA
HISPÁNICA
1.1 LA CORONA DE CASTILLA Y LA CORONA DE ARAGÓN: DECISIONISMO Y PACTISMO
La Corona de Castilla estaba unida por una unión accesoria, es decir, cada reino pasa a formar
jurídicamente parte de otro, lo cual conlleva las mismas leyes para todos los habitantes. La
Corona tenía un sistema político decisionista (decisionismo) que consistía en tener cortes
comunes, menos actores políticos, leyes comunes y una mayor recaudación.
A diferencia de Castilla, tenemos la Corona de Aragón que estaba unida por aeque
principaliter, cada reino mantiene sus leyes y privilegios propios. Aragón tenía un sistema
político pactista (pactismo) que consistía en tener cortes separadas, más actores políticos,
leyes separadas y una menor recaudación.
1.2 LA UNIÓN DINÁSTICA
1
,Fernando, al ser el segundo en la línea de sucesión, necesitaba legitimarse y reforzar su
posición. En Castilla, la guerra civil por la sucesión al trono había puesto en duda la legitimidad
de Isabel, lo que la llevó a concertar el matrimonio con Fernando para fortalecer su posición
política. Este matrimonio, conocido como las Capitulaciones de Cervera (1469), no sólo
consolidaba su unión personal, sino que también establecía un acuerdo sobre la gobernanza
de los reinos. En 1475, se firmó la Concordia de Segovia, que definió las líneas políticas que
regirían su alianza. Uno de los puntos clave de este acuerdo fue la garantía jurídica de que los
reinos de Castilla y Aragón no fusionarían sus leyes, manteniendo una autonomía legal para
cada uno.
La unión dinástica entre Isabel y Fernando no se consolidó formalmente hasta 1479, cuando
Isabel ganó la guerra civil y ascendió al trono, lo que permitió a Fernando también obtener el
suyo cuando ese mismo año Juan II de Aragón falleció. El hijo entre este matrimonio sería el
heredero común de ambos reinos, lo que marcó el inicio de la Monarquía Hispánica1, una
monarquía compuesta que integraba varios territorios bajo una sola dinastía, pero con una
estructura de conglomerados dinásticos y territorios múltiples, cada uno con sus propias
leyes y administración.
En 1494, Fernando e Isabel firmaron el Tratado de Tordesillas que fue un acuerdo entre los
monarcas de España y Portugal para dividirse el mundo en dos esferas de influencia. La línea
divisoria imaginaria bajaba por el centro del Océano Atlántico, dejando América para España y
África occidental y todo lo que estuviera más allá del Cabo de Buena Esperanza para Portugal.
1.3 EL REINO DE VALENCIA EN LA MONARQUÍA COMPUESTA
¿Qué consecuencias tiene para el Reino de Valencia?
Disminución del peso del reino dentro de la Monarquía Hispánica.
Nueva posición geopolítica del reino: Castilla: fachada atlántica; Aragón: fachada
mediterránea.
Tras la instalación de la corte en Castilla, se producen cambios significativos en las relaciones
entre el rey y el Reino de Aragón, lo que conlleva un aumento del autoritarismo regio. Este
1
Monarquías de agregación.
2
, proceso se traduce en la no convocatoria de las tradicionales Cortes de Aragón, que eran la
principal institución de poder en el reino. En su lugar, se establecen nuevos órganos de
representación como la Generalitat o Diputació del General, las Juntas de Estamentos y, en
1645, la Junta de Contrafueros, que buscan negociar con el rey fuera del marco de las Cortes
tradicionales. Estas instituciones actúan como defensores de los fueros y privilegios de Aragón,
procurando proteger los derechos del reino ante la creciente centralización del poder en
manos del monarca.
Esto se reguló mediante prerrogativas que las Cortes debían ser convocadas al inicio de cada
reinado, estableciéndose además la obligación de convocarlas cada tres años. Si no se
convocaban, se recurría a mecanismos alternativos, como la Generalitat y las juntas, para
asegurar la gobernanza del reino. Ante la ausencia del rey en el territorio, se crearon nuevas
instituciones reales para aumentar la presencia del poder real en el Reino de Aragón, como el
virrey, el Consejo de Aragón, la Real Audiencia y la Inquisición.
Se configuran los binomios Gracia-Justicia y Obediencia-Fiscalidad, donde el rey, como
fuente de gracia y justicia, utilizaba su poder para beneficiar a las élites de los reinos que le
ofrecían más obediencia y dinero. Cuanta más obediencia y más recursos fiscales aportaban,
mayor era la importancia que el rey concedía a ese reino. Este sistema descompone el binomio
tradicional de reino central/reino periférico, ya que demuestra que la influencia real no
seguía una línea exacta de poder territorial, sino que dependía de la lealtad y los recursos
aportados por cada reino.
FUNCIONES DE LAS CORTES EN EL REINO DE VALENCIA
La reunión del rey con el reino se organizaba en función de los estamentos: el brazo militar2,
el brazo eclesiástico3 y el brazo real4. En el ámbito legislativo, se trataban los fueros y
privilegios del reino; en el jurídico, se abordaba la reparación de contrafueros; y en el fiscal,
se aprobaban impuestos y servicios económicos. El juramento del nuevo monarca daba
lugar a un pacto: el reino juraba fidelidad al rey y aprobaba los servicios económicos, mientras
2
Compuesto por nobles y caballeros.
3
Compuesto por miembros de la Iglesia como clérigos y obispos.
4
Compuesto por burgueses, pero también por campesinos.
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La sociedad moderna es una sociedad de frontera: se estableció una frontera cultural entre el
Islam y el cristianismo, especialmente en torno al Mar Mediterráneo. Para evitar estos
conflictos fronterizos, los gobernantes llevaron a cabo reconversiones y expulsiones. En el
contexto de la nueva monarquía, Isabel I y Fernando I se unieron en 1479, consolidando el
poder en la península. Este período también marcó un nuevo contexto global, impulsado por
las dinámicas de colonización para la creación de los virreinatos en América. Estas dinámicas
tuvieron un impacto en la península, ya que gobernar en lugares lejanos, con distintas
creencias y formas de hacer las cosas, era muy diferente a gobernar exclusivamente en la
península.
TEMA 1. LA UNIÓN DE CORONAS: EL REINO DE VALENCIA EN LA NUEVA MONARQUÍA
HISPÁNICA
1.1 LA CORONA DE CASTILLA Y LA CORONA DE ARAGÓN: DECISIONISMO Y PACTISMO
La Corona de Castilla estaba unida por una unión accesoria, es decir, cada reino pasa a formar
jurídicamente parte de otro, lo cual conlleva las mismas leyes para todos los habitantes. La
Corona tenía un sistema político decisionista (decisionismo) que consistía en tener cortes
comunes, menos actores políticos, leyes comunes y una mayor recaudación.
A diferencia de Castilla, tenemos la Corona de Aragón que estaba unida por aeque
principaliter, cada reino mantiene sus leyes y privilegios propios. Aragón tenía un sistema
político pactista (pactismo) que consistía en tener cortes separadas, más actores políticos,
leyes separadas y una menor recaudación.
1.2 LA UNIÓN DINÁSTICA
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,Fernando, al ser el segundo en la línea de sucesión, necesitaba legitimarse y reforzar su
posición. En Castilla, la guerra civil por la sucesión al trono había puesto en duda la legitimidad
de Isabel, lo que la llevó a concertar el matrimonio con Fernando para fortalecer su posición
política. Este matrimonio, conocido como las Capitulaciones de Cervera (1469), no sólo
consolidaba su unión personal, sino que también establecía un acuerdo sobre la gobernanza
de los reinos. En 1475, se firmó la Concordia de Segovia, que definió las líneas políticas que
regirían su alianza. Uno de los puntos clave de este acuerdo fue la garantía jurídica de que los
reinos de Castilla y Aragón no fusionarían sus leyes, manteniendo una autonomía legal para
cada uno.
La unión dinástica entre Isabel y Fernando no se consolidó formalmente hasta 1479, cuando
Isabel ganó la guerra civil y ascendió al trono, lo que permitió a Fernando también obtener el
suyo cuando ese mismo año Juan II de Aragón falleció. El hijo entre este matrimonio sería el
heredero común de ambos reinos, lo que marcó el inicio de la Monarquía Hispánica1, una
monarquía compuesta que integraba varios territorios bajo una sola dinastía, pero con una
estructura de conglomerados dinásticos y territorios múltiples, cada uno con sus propias
leyes y administración.
En 1494, Fernando e Isabel firmaron el Tratado de Tordesillas que fue un acuerdo entre los
monarcas de España y Portugal para dividirse el mundo en dos esferas de influencia. La línea
divisoria imaginaria bajaba por el centro del Océano Atlántico, dejando América para España y
África occidental y todo lo que estuviera más allá del Cabo de Buena Esperanza para Portugal.
1.3 EL REINO DE VALENCIA EN LA MONARQUÍA COMPUESTA
¿Qué consecuencias tiene para el Reino de Valencia?
Disminución del peso del reino dentro de la Monarquía Hispánica.
Nueva posición geopolítica del reino: Castilla: fachada atlántica; Aragón: fachada
mediterránea.
Tras la instalación de la corte en Castilla, se producen cambios significativos en las relaciones
entre el rey y el Reino de Aragón, lo que conlleva un aumento del autoritarismo regio. Este
1
Monarquías de agregación.
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, proceso se traduce en la no convocatoria de las tradicionales Cortes de Aragón, que eran la
principal institución de poder en el reino. En su lugar, se establecen nuevos órganos de
representación como la Generalitat o Diputació del General, las Juntas de Estamentos y, en
1645, la Junta de Contrafueros, que buscan negociar con el rey fuera del marco de las Cortes
tradicionales. Estas instituciones actúan como defensores de los fueros y privilegios de Aragón,
procurando proteger los derechos del reino ante la creciente centralización del poder en
manos del monarca.
Esto se reguló mediante prerrogativas que las Cortes debían ser convocadas al inicio de cada
reinado, estableciéndose además la obligación de convocarlas cada tres años. Si no se
convocaban, se recurría a mecanismos alternativos, como la Generalitat y las juntas, para
asegurar la gobernanza del reino. Ante la ausencia del rey en el territorio, se crearon nuevas
instituciones reales para aumentar la presencia del poder real en el Reino de Aragón, como el
virrey, el Consejo de Aragón, la Real Audiencia y la Inquisición.
Se configuran los binomios Gracia-Justicia y Obediencia-Fiscalidad, donde el rey, como
fuente de gracia y justicia, utilizaba su poder para beneficiar a las élites de los reinos que le
ofrecían más obediencia y dinero. Cuanta más obediencia y más recursos fiscales aportaban,
mayor era la importancia que el rey concedía a ese reino. Este sistema descompone el binomio
tradicional de reino central/reino periférico, ya que demuestra que la influencia real no
seguía una línea exacta de poder territorial, sino que dependía de la lealtad y los recursos
aportados por cada reino.
FUNCIONES DE LAS CORTES EN EL REINO DE VALENCIA
La reunión del rey con el reino se organizaba en función de los estamentos: el brazo militar2,
el brazo eclesiástico3 y el brazo real4. En el ámbito legislativo, se trataban los fueros y
privilegios del reino; en el jurídico, se abordaba la reparación de contrafueros; y en el fiscal,
se aprobaban impuestos y servicios económicos. El juramento del nuevo monarca daba
lugar a un pacto: el reino juraba fidelidad al rey y aprobaba los servicios económicos, mientras
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Compuesto por nobles y caballeros.
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Compuesto por miembros de la Iglesia como clérigos y obispos.
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Compuesto por burgueses, pero también por campesinos.
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