Derecho Comercial Ballhorst Cecilia
2015
Unidad I
1.1 Parte histórica: origen y evolución del Derecho Comercial universal.
La actividad económica en la antigüedad y su regulación legal.
El hombre primitivo satisface las necesidades materiales que hacen a su subsistencia por medio de la
caza, pesca y recolección de frutos silvestres. Esto implica grupos humanos nómadas que se
trasladan buscando menores zonas en las cuales sobrevivir, influyendo en ello el clima.
A pesar de tratarse de una vida social rudimentaria, hace a la permanencia en el grupo la existencia
de algunas reglas de convivencia, y quien las haga respetar (autoridad trivial).
Pronto, el hombre descubre que es útil el intercambio de lo que a uno le sobra y a otro le falta por lo
que el otro tiene en exceso y a este le falta. Esto es el trueque (primera manifestación de comercio,
ahora es la permuta) es fuente de mayor relación entre los miembros del grupo (vincula incluso a
diferentes grupos), pero también es fuente de conflictos, que demanda reglas sociales que le den
solución.
Más adelante el hombre comienza a descubrir leyes de la naturaleza. En los grupos más avanzados
aparecen los primeros desarrollos de la agricultura y ganadería. Esto favorece a la estabilidad
geográfica de los grupos, se vuelven sedentarios.
El trueque tiene el gran problema que para que el intercambio se realice, se deben encontrar sujetos
que tengan necesidades materiales insatisfechas; y de encontrarse, hay problemas de manipuleo y
transporte.
Para superar estos problemas, las sociedades humanas empiezan a usar cosas que sirvan de unidad de
cambio, de medida y como medio de pago en cualquier intercambio (p.ej: sal.) estos son
antecedentes de la moneda.
Más tarde se comienza a usar elementos (metales) de mejor manipulación y transporte como
moneda. Con ella no solo la compraventa reemplazó al trueque, sino que también contribuye al
fortalecimiento de la autoridad estatal y auspicia el nacimiento del comercio.
El avance del hombre en la utilización de herramientas y en el conocimiento de las reglas de la
naturaleza hace que se produzca más, y quien produce más, tiene más excedentes en relación a lo que
necesita, y aparecen los primeros artesanos (personas que se dedicaban a fabricar cosas útiles para
ellos y para vender, transformando ciertas materias primas).
El incremento de la actividad económica produce la aparición de formas rudimentarias de crédito
(intercambio de los presentes por los futuros).
El comercio implica la existencia de comerciantes = sujetos que obtienen del intercambio
(profesional) los medios para vivir.
Todo este crecimiento del mundo antiguo, con eje en el mar Mediterráneo, va provocando mayor
vinculación, y más conflictos entre grupos humanos aun distantes en el espacio.
La distancia se supera con el transporte de cosas y personas. La expansión del transporte por el agua
otorga especial poder a aquellos pueblos que tenían acceso al mar y flotas de navíos mercantes.
Toda la actividad estaba abiertamente sometida a las reglas impuestas por las respectivas autoridades
estatales pero, dentro del ordenamiento jurídico no contaban con un cuerpo especializado de normas
destinados al comercio.
Había normas especiales para distintos aspectos de la actividad comercial, pero no una disciplina
jurídica distinta del derecho común. Es decir no había un derecho especial.
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, Derecho Comercial Ballhorst Cecilia
2015
Evolución de la actividad económica de la edad media a la moderna (artesanos, gremios,
ferias, etc.) El tráfico mercantil y su regulación. El derecho comercial como disciplina
distinta del derecho “común”. Jurisdicción corporativa.
La edad media empieza con la caída del imperio Romano de Occidente{476). Por ello, la unidad
política se fractura. El poder político, económico y militar se asentaba principalmente en la clase de
los señores feudales, quienes gobiernan territorios pequeños. En la base social, labrando la tierra de
los señores feudales se encontraban los siervos.
En los derechos que se aplicaban, subsisten instituciones provenientes del derecho Romano,
mezcladas con las propias del derecho Germánico.
Aquella fractura, la ausencia de un control político central (con la consecuencia de diversas
monedas) la rivalidad entre los feudos, la presencia de la civilización islámica entorpecían la relación
entre las distintas regiones y por supuesto al comercio.
La economía medieval se caracteriza por una fuerte preeminencia de la agricultura y de la cría de
animales por campesinos / siervos que tributaban al sr. Feudal propietario del bien más precioso: la
tierra.
El sistema económico medieval comienza a transformarse: esa realidad (s. X) empieza a cambiar por
distintos acontecimientos (cruzadas, viajes y descubrimientos de sitios alejados de Europa)
Comienzan a abrirse nuevas rutas comerciales. En los alrededores de los castillos se empiezan a
agrupar poblados (Burgos) en lo que periódicamente se encuentran los comerciantes de la región
para intercambiar productos y monedas (ferias o mercados).
Entre burgueses va naciendo una nueva clase social: la de los comerciantes artesanos y navegantes
(Burguesía). Pronto advierten que las viejas normas no se adaptan a las necesidades de la nueva
realidad. Nuevas formas contractuales se van imponiendo.
Los protagonistas de la actividad económica se van agrupando en gremios, corporaciones que
monopolizan sus respectivas actividades y van dictando sus propias normas.
Así va naciendo el derecho comercial, como un derecho distinto, derivado de los usos y
costumbres comerciales, especialmente destinado a determinados sujetos según su profesión,
no aplicable a quienes no eran comerciantes o artesanos navegantes y por ello distinguible el
derecho común aplicable a todas las personas.
La “Lex mercatoria”, (conjunto de reglas que tenían internamente los comerciantes de un gremio
mercado), aparece en el derecho privado de occidente.
Características (según la doctrina):
Derecho subjetivo: en tanto está dirigido a determinados sujetos, en función de su protección.
Normalmente recopilados en estatutos.
Es “internacional” en tanto normas similares se aplican en las principales ciudades puerto de
Europa.
Los gremios empiezan a contar con sus propios tribunales, integrados normalmente por los
comerciantes o artesanos más prestigiosos (va naciendo la “jurisdicción mercantil”).
Con el paso del tiempo las ciudades-puerto ubicadas a orillas del mar Mediterráneo y del Atlántico
adquieren más y más poder,
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Unidad I
1.1 Parte histórica: origen y evolución del Derecho Comercial universal.
La actividad económica en la antigüedad y su regulación legal.
El hombre primitivo satisface las necesidades materiales que hacen a su subsistencia por medio de la
caza, pesca y recolección de frutos silvestres. Esto implica grupos humanos nómadas que se
trasladan buscando menores zonas en las cuales sobrevivir, influyendo en ello el clima.
A pesar de tratarse de una vida social rudimentaria, hace a la permanencia en el grupo la existencia
de algunas reglas de convivencia, y quien las haga respetar (autoridad trivial).
Pronto, el hombre descubre que es útil el intercambio de lo que a uno le sobra y a otro le falta por lo
que el otro tiene en exceso y a este le falta. Esto es el trueque (primera manifestación de comercio,
ahora es la permuta) es fuente de mayor relación entre los miembros del grupo (vincula incluso a
diferentes grupos), pero también es fuente de conflictos, que demanda reglas sociales que le den
solución.
Más adelante el hombre comienza a descubrir leyes de la naturaleza. En los grupos más avanzados
aparecen los primeros desarrollos de la agricultura y ganadería. Esto favorece a la estabilidad
geográfica de los grupos, se vuelven sedentarios.
El trueque tiene el gran problema que para que el intercambio se realice, se deben encontrar sujetos
que tengan necesidades materiales insatisfechas; y de encontrarse, hay problemas de manipuleo y
transporte.
Para superar estos problemas, las sociedades humanas empiezan a usar cosas que sirvan de unidad de
cambio, de medida y como medio de pago en cualquier intercambio (p.ej: sal.) estos son
antecedentes de la moneda.
Más tarde se comienza a usar elementos (metales) de mejor manipulación y transporte como
moneda. Con ella no solo la compraventa reemplazó al trueque, sino que también contribuye al
fortalecimiento de la autoridad estatal y auspicia el nacimiento del comercio.
El avance del hombre en la utilización de herramientas y en el conocimiento de las reglas de la
naturaleza hace que se produzca más, y quien produce más, tiene más excedentes en relación a lo que
necesita, y aparecen los primeros artesanos (personas que se dedicaban a fabricar cosas útiles para
ellos y para vender, transformando ciertas materias primas).
El incremento de la actividad económica produce la aparición de formas rudimentarias de crédito
(intercambio de los presentes por los futuros).
El comercio implica la existencia de comerciantes = sujetos que obtienen del intercambio
(profesional) los medios para vivir.
Todo este crecimiento del mundo antiguo, con eje en el mar Mediterráneo, va provocando mayor
vinculación, y más conflictos entre grupos humanos aun distantes en el espacio.
La distancia se supera con el transporte de cosas y personas. La expansión del transporte por el agua
otorga especial poder a aquellos pueblos que tenían acceso al mar y flotas de navíos mercantes.
Toda la actividad estaba abiertamente sometida a las reglas impuestas por las respectivas autoridades
estatales pero, dentro del ordenamiento jurídico no contaban con un cuerpo especializado de normas
destinados al comercio.
Había normas especiales para distintos aspectos de la actividad comercial, pero no una disciplina
jurídica distinta del derecho común. Es decir no había un derecho especial.
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, Derecho Comercial Ballhorst Cecilia
2015
Evolución de la actividad económica de la edad media a la moderna (artesanos, gremios,
ferias, etc.) El tráfico mercantil y su regulación. El derecho comercial como disciplina
distinta del derecho “común”. Jurisdicción corporativa.
La edad media empieza con la caída del imperio Romano de Occidente{476). Por ello, la unidad
política se fractura. El poder político, económico y militar se asentaba principalmente en la clase de
los señores feudales, quienes gobiernan territorios pequeños. En la base social, labrando la tierra de
los señores feudales se encontraban los siervos.
En los derechos que se aplicaban, subsisten instituciones provenientes del derecho Romano,
mezcladas con las propias del derecho Germánico.
Aquella fractura, la ausencia de un control político central (con la consecuencia de diversas
monedas) la rivalidad entre los feudos, la presencia de la civilización islámica entorpecían la relación
entre las distintas regiones y por supuesto al comercio.
La economía medieval se caracteriza por una fuerte preeminencia de la agricultura y de la cría de
animales por campesinos / siervos que tributaban al sr. Feudal propietario del bien más precioso: la
tierra.
El sistema económico medieval comienza a transformarse: esa realidad (s. X) empieza a cambiar por
distintos acontecimientos (cruzadas, viajes y descubrimientos de sitios alejados de Europa)
Comienzan a abrirse nuevas rutas comerciales. En los alrededores de los castillos se empiezan a
agrupar poblados (Burgos) en lo que periódicamente se encuentran los comerciantes de la región
para intercambiar productos y monedas (ferias o mercados).
Entre burgueses va naciendo una nueva clase social: la de los comerciantes artesanos y navegantes
(Burguesía). Pronto advierten que las viejas normas no se adaptan a las necesidades de la nueva
realidad. Nuevas formas contractuales se van imponiendo.
Los protagonistas de la actividad económica se van agrupando en gremios, corporaciones que
monopolizan sus respectivas actividades y van dictando sus propias normas.
Así va naciendo el derecho comercial, como un derecho distinto, derivado de los usos y
costumbres comerciales, especialmente destinado a determinados sujetos según su profesión,
no aplicable a quienes no eran comerciantes o artesanos navegantes y por ello distinguible el
derecho común aplicable a todas las personas.
La “Lex mercatoria”, (conjunto de reglas que tenían internamente los comerciantes de un gremio
mercado), aparece en el derecho privado de occidente.
Características (según la doctrina):
Derecho subjetivo: en tanto está dirigido a determinados sujetos, en función de su protección.
Normalmente recopilados en estatutos.
Es “internacional” en tanto normas similares se aplican en las principales ciudades puerto de
Europa.
Los gremios empiezan a contar con sus propios tribunales, integrados normalmente por los
comerciantes o artesanos más prestigiosos (va naciendo la “jurisdicción mercantil”).
Con el paso del tiempo las ciudades-puerto ubicadas a orillas del mar Mediterráneo y del Atlántico
adquieren más y más poder,
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