DERECHO PENAL
Temas
Parte general La ley penal Teoría del delito
Teoría de la pena y de las medidas de seguridad
Parte especial. Delitos contra:
- la vida y la integridad de la persona
- la libertad personal
- la familia, la libertad sexual y el normal desarrollo psicosexual
- el honor
- el patrimonio
- el erario y el servicio público
- la procuración y administración de justicia
- el equilibrio ecológico y la protección del ambiente
- la salud
- la protección del derecho de autor
Delitos electorales y en materia del Registro Nacional de Ciudadanos
Delitos especiales
Definición y ámbitos de validez
Implicaciones procedimentales en delitos graves y no graves
Modelos de derecho procesal penal y el derecho procesal penal mexicano Los
sujetos de la relación procesal y otros intervinientes
Estructura de la averiguación previa y estructura del proceso penal Medios de
prueba
Medios de impugnación Medidas cautelares
Procedimientos incidentales en el proceso penal Procedimientos especiales en
materia penal Derecho de ejecución penal
,Concepto, función y características Fuentes del derecho de ejecución penal
Ejecución de la pena en prisión
PARTE GENERAL
1. CUESTIONES GENERALES
1.1 CONCEPTOS BÁSICOS Y FUNCIONES DEL DERECHO PENAL
Las raíces del derecho penal se encuentran en representaciones ético-sociales de
valor de la comunidad jurídica: constituyen el fundamento para que surjan bienes
jurídicos, normas jurídicas y tipos penales.
CONCEPTO: El derecho penal, es aquel conjunto de normas jurídicas que une
ciertas y determinadas consecuencias jurídicas, en su mayoría reservadas a esta
rama del derecho, a una conducta humana determinada, la cual es el delito, y la
consecuencia jurídica de éste es la pena; y en todos los casos, ella afecta al autor
de un delito que ha efectuado culpablemente.
1.1.1 CIENCIA, DOGMÁTICA Y POLÍTICA CRIMINAL
CIENCIA:
Las ciencias penales son un conjunto sistemático de conocimientos relativos al
delito, al delincuente, a la delincuencia, a la pena y a los demás medios de
defensa social contra la criminalidad. Gracias a éstas ciencias podemos descubrir,
como, cuando, donde y con que se produjo el delito.
DOGMÁTICA:
Desde un punto de vista funcional, en el contexto general de la obtención de las
normas jurídicas, la dogmática debe garantizar una aplicación igualitaria y
,previsible del derecho, no es un fin en sí misma, sino un medio para lograr una
garantía del poder punitivo estatal, desde el punto de vista del estado de derecho.
Con ella se persigue una aplicación del derecho, la más igualitaria posible, y la
obtención de las finalidades político- criminales preestablecidas dentro del
ordenamiento jurídico.
POLÍTICA CRIMINAL:
Se fija en las causas del delito, intenta comprobar la eficacia de las sanciones
empleadas por el derecho penal, pondera los límites hasta donde puede el
legislador extender el derecho penal, para coartar lo menos posible el ámbito de
libertad de los ciudadanos, discute como pueden configurarse los elementos de
los tipos penales para corresponder a la realidad del delito.
Es un conjunto sistematizado de principios conforme a los cuales el Estado debe
de organizar la lucha contra la criminalidad, debe fundamentarse sobre el estudio
científico del delincuente y de la delincuencia, de la pena y de las medidas de
defensa social contra el delito.
1.1.2 LA PROTECCIÓN DE BIENES JURÍDICOS COMO FUNCIÓN DEL
DERECHO
PENAL
Los bienes jurídicos pueden proteger intereses o valores individuales, sociales, del
estado o en su caso de los sistemas federales de las entidades federativas y de
personas morales. La protección de los bienes jurídicos se lleva a cabo por medio
de las normas penales; en el sistema jurídico mexicano estas se encuentran
contenidas en el Código Penal Federal, y en el Código Penal del Estado, y en las
leyes penales que tipifican conductas delictivas y que tienen como objeto
Mantener el orden político social de una comunidad mediante penas y medidas
adecuadas de seguridad.
, 1.1.3 OTRAS FUNCIONES
Establecer las categorías de los delitos y sus respectivas definiciones.
Señalar las penas que les corresponden y la consiguiente medida de seguridad. la
reparación del daño y la comprobación del cuerpo del delito y la probable
responsabilidad.
1.2 EL CONCEPTO DE DERECHO PENAL
Rama del derecho público interno, que define los delitos y señala las penas y
medidas de seguridad aplicables cuyo objeto es mantener el orden político social
de una comunidad.
Mediante penas y otras medidas adecuadas de seguridad, combate las conductas
que ponen en peligro a la sociedad.
1.2.1 EL DERECHO PENAL OBJETIVO (IUS POENALE) Y DERECHO PENAL
SUBJETIVO (IUS PUNIEND)
Temas
Parte general La ley penal Teoría del delito
Teoría de la pena y de las medidas de seguridad
Parte especial. Delitos contra:
- la vida y la integridad de la persona
- la libertad personal
- la familia, la libertad sexual y el normal desarrollo psicosexual
- el honor
- el patrimonio
- el erario y el servicio público
- la procuración y administración de justicia
- el equilibrio ecológico y la protección del ambiente
- la salud
- la protección del derecho de autor
Delitos electorales y en materia del Registro Nacional de Ciudadanos
Delitos especiales
Definición y ámbitos de validez
Implicaciones procedimentales en delitos graves y no graves
Modelos de derecho procesal penal y el derecho procesal penal mexicano Los
sujetos de la relación procesal y otros intervinientes
Estructura de la averiguación previa y estructura del proceso penal Medios de
prueba
Medios de impugnación Medidas cautelares
Procedimientos incidentales en el proceso penal Procedimientos especiales en
materia penal Derecho de ejecución penal
,Concepto, función y características Fuentes del derecho de ejecución penal
Ejecución de la pena en prisión
PARTE GENERAL
1. CUESTIONES GENERALES
1.1 CONCEPTOS BÁSICOS Y FUNCIONES DEL DERECHO PENAL
Las raíces del derecho penal se encuentran en representaciones ético-sociales de
valor de la comunidad jurídica: constituyen el fundamento para que surjan bienes
jurídicos, normas jurídicas y tipos penales.
CONCEPTO: El derecho penal, es aquel conjunto de normas jurídicas que une
ciertas y determinadas consecuencias jurídicas, en su mayoría reservadas a esta
rama del derecho, a una conducta humana determinada, la cual es el delito, y la
consecuencia jurídica de éste es la pena; y en todos los casos, ella afecta al autor
de un delito que ha efectuado culpablemente.
1.1.1 CIENCIA, DOGMÁTICA Y POLÍTICA CRIMINAL
CIENCIA:
Las ciencias penales son un conjunto sistemático de conocimientos relativos al
delito, al delincuente, a la delincuencia, a la pena y a los demás medios de
defensa social contra la criminalidad. Gracias a éstas ciencias podemos descubrir,
como, cuando, donde y con que se produjo el delito.
DOGMÁTICA:
Desde un punto de vista funcional, en el contexto general de la obtención de las
normas jurídicas, la dogmática debe garantizar una aplicación igualitaria y
,previsible del derecho, no es un fin en sí misma, sino un medio para lograr una
garantía del poder punitivo estatal, desde el punto de vista del estado de derecho.
Con ella se persigue una aplicación del derecho, la más igualitaria posible, y la
obtención de las finalidades político- criminales preestablecidas dentro del
ordenamiento jurídico.
POLÍTICA CRIMINAL:
Se fija en las causas del delito, intenta comprobar la eficacia de las sanciones
empleadas por el derecho penal, pondera los límites hasta donde puede el
legislador extender el derecho penal, para coartar lo menos posible el ámbito de
libertad de los ciudadanos, discute como pueden configurarse los elementos de
los tipos penales para corresponder a la realidad del delito.
Es un conjunto sistematizado de principios conforme a los cuales el Estado debe
de organizar la lucha contra la criminalidad, debe fundamentarse sobre el estudio
científico del delincuente y de la delincuencia, de la pena y de las medidas de
defensa social contra el delito.
1.1.2 LA PROTECCIÓN DE BIENES JURÍDICOS COMO FUNCIÓN DEL
DERECHO
PENAL
Los bienes jurídicos pueden proteger intereses o valores individuales, sociales, del
estado o en su caso de los sistemas federales de las entidades federativas y de
personas morales. La protección de los bienes jurídicos se lleva a cabo por medio
de las normas penales; en el sistema jurídico mexicano estas se encuentran
contenidas en el Código Penal Federal, y en el Código Penal del Estado, y en las
leyes penales que tipifican conductas delictivas y que tienen como objeto
Mantener el orden político social de una comunidad mediante penas y medidas
adecuadas de seguridad.
, 1.1.3 OTRAS FUNCIONES
Establecer las categorías de los delitos y sus respectivas definiciones.
Señalar las penas que les corresponden y la consiguiente medida de seguridad. la
reparación del daño y la comprobación del cuerpo del delito y la probable
responsabilidad.
1.2 EL CONCEPTO DE DERECHO PENAL
Rama del derecho público interno, que define los delitos y señala las penas y
medidas de seguridad aplicables cuyo objeto es mantener el orden político social
de una comunidad.
Mediante penas y otras medidas adecuadas de seguridad, combate las conductas
que ponen en peligro a la sociedad.
1.2.1 EL DERECHO PENAL OBJETIVO (IUS POENALE) Y DERECHO PENAL
SUBJETIVO (IUS PUNIEND)