Procesos que se daban en roma
En la antigua roma los procesos solían ser un poco inquisitivos y secretos
también se podía acusar el tormento al acusado y los poderes del juez eran
cada vez mayores e invadieron a los del acusador privado y aún a los testigos.
Existían dos tipos de procesos, el proceso civil y el proceso penal, los cuales
eran completamente distintos puesto que el civil velaba por resolver conflictos y
relaciones sociales mientras que por otra parte el penal buscaba castigar
mostrando así las consecuencias de los malos actos, actos que iban en contra
de los derechos de otros.
Estos procesos se resolvían de manera muy alternativa y a conciencia de lo
que debería ser una conciliación en otros casos el debido castigo, aunque la
mayoría de veces estos conflictos se daban en entornos familiares o de
negocios, por lo cual era necesaria la presencia de mediadores por medio de
actos jurisprudenciales lo que también nos muestra cómo la costumbre fue
protagonista en estas circunstancias, haciendo que los conflictos del ser
humano fueran resueltos de manera óptima para ambas partes y castigar a
quienes faltaban a los principios, Las autoridades encargadas de esto eran
según Ulpiano el magistrado en sentidos estrictos y los tipos de jueces ya
fuesen permanentes o designados por ello estos eran los encargados de
resolver los conflictos haciendo también que se denotara la diferencia de un
proceso penal de uno civil.
Dado que en el procedimiento civil romano se dan naturalmente los dos
componentes que inciden siempre en la organización procesal de la defensa de
los derechos. En primer lugar, el sistema de las acciones de la ley, que
constituye la más antigua manifestación arcaica y ritual del proceso romano,
pero donde ya tomó éste su tipicidad y sus grandes líneas maestras y más
tarde, abriendo la época preclásica, el procedimiento formula¬rio o per
formulas, donde se despliega para siempre toda la estruc¬tura jurídica del
Derecho clásico. En el proceso penal, el juez actuaba de oficio y con amplios
poderes, representando a la comunidad sin que estuviera reglamentado el
procedimiento. Este procedimiento se aplicó durante el Imperio Romano,
reemplazando a la Accusattio. Esta última había sido el procedimiento vigente
con anterioridad, en el último siglo de la República, y se caracterizaba porque
el juicio era presidido por un pretor, intervenía en el proceso un jurado, el
procedimiento era acusatorio, las partes podían defenderse solas o por medio
de advocatus , el jurado votaba absolviendo, condenando o en blanco, el
magistrado imponía la pena, aparecen las primeras garantías para el acusado
En la antigua roma los procesos solían ser un poco inquisitivos y secretos
también se podía acusar el tormento al acusado y los poderes del juez eran
cada vez mayores e invadieron a los del acusador privado y aún a los testigos.
Existían dos tipos de procesos, el proceso civil y el proceso penal, los cuales
eran completamente distintos puesto que el civil velaba por resolver conflictos y
relaciones sociales mientras que por otra parte el penal buscaba castigar
mostrando así las consecuencias de los malos actos, actos que iban en contra
de los derechos de otros.
Estos procesos se resolvían de manera muy alternativa y a conciencia de lo
que debería ser una conciliación en otros casos el debido castigo, aunque la
mayoría de veces estos conflictos se daban en entornos familiares o de
negocios, por lo cual era necesaria la presencia de mediadores por medio de
actos jurisprudenciales lo que también nos muestra cómo la costumbre fue
protagonista en estas circunstancias, haciendo que los conflictos del ser
humano fueran resueltos de manera óptima para ambas partes y castigar a
quienes faltaban a los principios, Las autoridades encargadas de esto eran
según Ulpiano el magistrado en sentidos estrictos y los tipos de jueces ya
fuesen permanentes o designados por ello estos eran los encargados de
resolver los conflictos haciendo también que se denotara la diferencia de un
proceso penal de uno civil.
Dado que en el procedimiento civil romano se dan naturalmente los dos
componentes que inciden siempre en la organización procesal de la defensa de
los derechos. En primer lugar, el sistema de las acciones de la ley, que
constituye la más antigua manifestación arcaica y ritual del proceso romano,
pero donde ya tomó éste su tipicidad y sus grandes líneas maestras y más
tarde, abriendo la época preclásica, el procedimiento formula¬rio o per
formulas, donde se despliega para siempre toda la estruc¬tura jurídica del
Derecho clásico. En el proceso penal, el juez actuaba de oficio y con amplios
poderes, representando a la comunidad sin que estuviera reglamentado el
procedimiento. Este procedimiento se aplicó durante el Imperio Romano,
reemplazando a la Accusattio. Esta última había sido el procedimiento vigente
con anterioridad, en el último siglo de la República, y se caracterizaba porque
el juicio era presidido por un pretor, intervenía en el proceso un jurado, el
procedimiento era acusatorio, las partes podían defenderse solas o por medio
de advocatus , el jurado votaba absolviendo, condenando o en blanco, el
magistrado imponía la pena, aparecen las primeras garantías para el acusado