TEMA 4
TEORÍA DE LA CONSTITUCIÓN
1. El concepto de Constitución.
2. La Constitución como norma jurídica suprema y
como fuente del Derecho.
3. Contenido y estructura interna de la Constitución.
4. Tipología de las Constituciones.
5. El poder Constituyente y la Reforma Constitucional.
, 1. El concepto de Constitución. P. 2
1. El concepto de Constitución.
• El art. 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del
Ciudadano de 1789: "toda sociedad en la cual no esté asegurada la
garantía de los derechos ni determinada la separación de poderes
no tiene Constitución".
• Desde el punto de vista del concepto racional-normativo de la
Constitución: sería un mecanismo racional perfecto susceptible de
ser aplicado en la ordenación política de cualquier sociedad.
• El concepto normativo de Constitución: sería fruto de un "acto
constituyente", según el cual quedarían configurados de una vez
para siempre los poderes del Estado, los límites de su actividad y el
ámbito de las libertades y derechos fundamentales del individuo.
• Esta corriente tuvo su plasmación en la experiencia revolucionaria
francesa, donde tuvo su origen la noción de "poder constituyente"
como acto fundacional en virtud del cual la nación venía a ser la
fuente de toda ley.
, 1. El concepto de Constitución. p. 3
La Constitución, desde el punto de vista sociológico,
debe permitir también una fluidez y dinamismo para una
adecuada adaptación a los cambios de todo tipo que se
originan en la sociedad, siempre dentro del marco
pacífico del Derecho.
Con el positivismo jurídico se alcanza la idea de la
Constitución como "norma de normas", se establece la
jerarquía de las fuentes del Derecho, y se ordena la
forma de elaboración de las leyes.
TEORÍA DE LA CONSTITUCIÓN
1. El concepto de Constitución.
2. La Constitución como norma jurídica suprema y
como fuente del Derecho.
3. Contenido y estructura interna de la Constitución.
4. Tipología de las Constituciones.
5. El poder Constituyente y la Reforma Constitucional.
, 1. El concepto de Constitución. P. 2
1. El concepto de Constitución.
• El art. 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del
Ciudadano de 1789: "toda sociedad en la cual no esté asegurada la
garantía de los derechos ni determinada la separación de poderes
no tiene Constitución".
• Desde el punto de vista del concepto racional-normativo de la
Constitución: sería un mecanismo racional perfecto susceptible de
ser aplicado en la ordenación política de cualquier sociedad.
• El concepto normativo de Constitución: sería fruto de un "acto
constituyente", según el cual quedarían configurados de una vez
para siempre los poderes del Estado, los límites de su actividad y el
ámbito de las libertades y derechos fundamentales del individuo.
• Esta corriente tuvo su plasmación en la experiencia revolucionaria
francesa, donde tuvo su origen la noción de "poder constituyente"
como acto fundacional en virtud del cual la nación venía a ser la
fuente de toda ley.
, 1. El concepto de Constitución. p. 3
La Constitución, desde el punto de vista sociológico,
debe permitir también una fluidez y dinamismo para una
adecuada adaptación a los cambios de todo tipo que se
originan en la sociedad, siempre dentro del marco
pacífico del Derecho.
Con el positivismo jurídico se alcanza la idea de la
Constitución como "norma de normas", se establece la
jerarquía de las fuentes del Derecho, y se ordena la
forma de elaboración de las leyes.