Grado de Economia
Derecho (Temas 4,5,6):
Tema 4:
Concepto de Obligación:
La obligación es una relación jurídica en virtud de la cual, alguien
denominado deudor debe satisfacer una prestación a favor de otra parte
denominada acreedor, quien podrá exigir su cumplimiento.
Concepto legal (art. 1088 y 1911 CC): El derecho del acreedor dirigido a
conseguir del deudor una prestación de dar. Derecho que se garantiza con
todo el activo patrimonial del deudor.
Concepto de Obligación (Sujeto y Vínculo):
SUJETO: Distinguir dos sujetos o relaciones personales subjetivas:
• Pasiva: Deudor.
• Activa: Acreedor.
Pueden ser tanto las personas físicas como las jurídicas
VÍNCULO: Es la relación que une las dos posiciones jurídicas la de deber,
deudor, con la de poder, acreedor.
Concepto de Obligación (Objeto y Causa):
OBJETO: La conducta jurídicamente debida; Dar, hacer o no hacer
(art. 1088CC).
Características:
- Posible y lícita.
- Determinada o determinable (1256CC).
, - Valorable económicamente (1158CC).
- Útil y beneficiosa.
CAUSA: El fin que se persigue con la obligación.
Fuentes de las Obligaciones:
Son los hechos jurídicos y las circunstancias de donde nacen o surgen las
obligaciones. Son fuente de las obligaciones (art. 1089 CC):
1. La ley.
2. Los contratos (art. 1091 CC).
3. Los cuasicontratos (art. 1887 CC).
4. Los actos y omisiones ilícitos o en los cuales intervenga
cualquier clase de culpa o negligencia (arts. 1902 a 1910 CC).
Clases de Obligaciones (Según el Objeto):
OBLIGACIONES DE DAR:
El objeto es la entrega o el desplazamiento posesorio de una cosa.
Funciones:
- Transmitir la propiedad y la posesión, mediante la Traditio (609 CC).
- Transmitir solo la posesión.
- Liquidar una situación posesoria.
Pueden ser:
1. Específicas: Implica la entrega de una cosa concreta.
2. Genéricas: La cosa a entregar pertenece a un genero.
Esta distinción afecta:
• Obligaciones accesorias del deudor en las obligaciones específicas.
Derecho (Temas 4,5,6):
Tema 4:
Concepto de Obligación:
La obligación es una relación jurídica en virtud de la cual, alguien
denominado deudor debe satisfacer una prestación a favor de otra parte
denominada acreedor, quien podrá exigir su cumplimiento.
Concepto legal (art. 1088 y 1911 CC): El derecho del acreedor dirigido a
conseguir del deudor una prestación de dar. Derecho que se garantiza con
todo el activo patrimonial del deudor.
Concepto de Obligación (Sujeto y Vínculo):
SUJETO: Distinguir dos sujetos o relaciones personales subjetivas:
• Pasiva: Deudor.
• Activa: Acreedor.
Pueden ser tanto las personas físicas como las jurídicas
VÍNCULO: Es la relación que une las dos posiciones jurídicas la de deber,
deudor, con la de poder, acreedor.
Concepto de Obligación (Objeto y Causa):
OBJETO: La conducta jurídicamente debida; Dar, hacer o no hacer
(art. 1088CC).
Características:
- Posible y lícita.
- Determinada o determinable (1256CC).
, - Valorable económicamente (1158CC).
- Útil y beneficiosa.
CAUSA: El fin que se persigue con la obligación.
Fuentes de las Obligaciones:
Son los hechos jurídicos y las circunstancias de donde nacen o surgen las
obligaciones. Son fuente de las obligaciones (art. 1089 CC):
1. La ley.
2. Los contratos (art. 1091 CC).
3. Los cuasicontratos (art. 1887 CC).
4. Los actos y omisiones ilícitos o en los cuales intervenga
cualquier clase de culpa o negligencia (arts. 1902 a 1910 CC).
Clases de Obligaciones (Según el Objeto):
OBLIGACIONES DE DAR:
El objeto es la entrega o el desplazamiento posesorio de una cosa.
Funciones:
- Transmitir la propiedad y la posesión, mediante la Traditio (609 CC).
- Transmitir solo la posesión.
- Liquidar una situación posesoria.
Pueden ser:
1. Específicas: Implica la entrega de una cosa concreta.
2. Genéricas: La cosa a entregar pertenece a un genero.
Esta distinción afecta:
• Obligaciones accesorias del deudor en las obligaciones específicas.